Ministerio de Justicia
Secretaría de Hacienda
Secretaría de la Función Pública
MINISTERIO DE JUSTICIA
Resolución Conjunta 334/94, 64/94 y S/N°
Apruébase la estructura organizativa de la Unidad de Auditoría Interna.
Bs. As., 30/3/94
VISTO la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y el Decreto N° 971/93 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las normas citadas precedentemente se crearon, en diversas Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional, las Unidades de Auditoria Interna y los cargos de los titulares de las mismas.
Que, asimismo en los referidos actos se adoptaron disposiciones relativas al funcionamiento y a la conformación definitiva de las respectivas Unidades de Auditoría Interna.
Que en la dotación de la estructura organizativa que se propone, se han incorporado los cargos correspondientes al personal del ex-Tribunal de Cuentas de la Nación, transferidos por el Decreto N° 1347/93 que, por otra parte, ya ha sido reencasillado en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, Decreto N° 993/91 y modificatorios.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y el COMITE EJECUTIVO DE CONTRALOR DE LA REFORMA ADMINISTRATIVA, han tomado la intervención que les compete, expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en uso de las previsiones establecidas en el Artículo 6° de la Ley 24.307 y conforme a las facultades atribuidas en el Artículo 1° del Decreto N° 2662/93, en su Anexo I, Punto 4, inciso a).
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA
LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Y
EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVEN:
Artículo 1° — Apruébase la estructura organizativa de la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE JUSTICIA, de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones y Planta de Personal Permanente, que como anexos I, II y III corren agregados a la presente Resolución Conjunta.
Art. 2° — Incorpórase, a la estructura organizativa vigente del MINISTERIO DE JUSTICIA, la correspondiente a la Unidad de Auditoría Interna que se aprueba por la presente.
Art. 3° — Modificase la Distribución Administrativa del Presupuesto de la Administración Nacional —Recursos Humanos — aprobada por el Decreto N° 2662 del 27 de diciembre de 1993 y sus modificatorios, conforme Anexo IV.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge L. Maiorario. — Ricardo Gutiérrez. — Claudia E. Bello.
Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización de la jurisdicción, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia.
1.— Establecer la planificación de la auditoría interna de la jurisdicción, conforme a las normas generales de Control Interno y Auditoria Interna.
2.— Elaborar el Plan Anual de la Auditoría Interna.
3.— Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la auditoria superior.
4.— Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control Interno.
5.— Tomar conocimiento integralmente de los actos y evaluar aquellos de significativa trascendencia económica.
6.— Verificar si en las erogaciones e ingresos de la jurisdicción, se cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente.
7.— Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos contables.
8.— Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.
9.— Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.
10.— Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.
11.—Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de los desvíos que se detecten con las recomendaciones y/u observaciones que se formulen.
12.—Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.
13.—Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.
1.— Coordinar el desarrollo de la planificación, programación y ejecución de las acciones de auditoria.
2.— Reemplazar al Auditor Interno Titular en caso de ausencia.
3.— Asistir al Auditor Interno Titular en materia de relaciones institucionales y la coordinación de acciones con otros organismos de control interno y externo.
4.— Asistir al Auditor Interno Titular en la evaluación del desarrollo general de las acciones de la unidad, asesorando en orden a la factibilidad de elección de alternativa para el mejor servicio a toda la organización, compatible con los medios disponibles.
5.— Revisar que el resultado de las auditorias se correspondan con los objetivos y metas propuestas.
6.— Ponderar hechos y situaciones que, conforme el resultado de las acciones han afectado su eficiencia y resultan o puedan resultar gravitantes para la reformulación de estrategias, planes y programas exponiendo al Auditor Interno Titular su dimensión y alcance.
7.— Proponer el orden de prioridades de las auditorías a realizar.
8.— Analizar los resultados de los trabajos elevados por los supervisores de auditoría, evaluar y conformar las conclusiones al respecto.
9.— Propiciar la formación de grupos de trabajo interno para resolver cuestiones técnicas y de organización funcional.
10.— Calificar en primera instancia a los responsables de las áreas sustantivas y emitir opinión primaria acerca del grado de eficiencia en el desenvolvimiento de dichas áreas.
11.— Coordinar la producción de la información final de la Unidad de Auditoría Interna a partir de las conclusiones de las diferentes áreas sustantivas de acciones de auditoría.
1.— Asistir al Auditor Adjunto en la formulación y control de la planificación global y anual y de los programas específicos de auditoría, en lo concerniente a su responsabilidad.
2.— Analizar y emitir opinión acerca de los aspectos puntuales que en materia de estrategias y planes le sean requeridos por el Auditor Interno Titular o el responsable de la Auditoría Adjunta.
3.— Coordinar el desarrollo de la programación y ejecución de acciones de auditoría y proponer los procedimientos de auditoría a aplicar y mecanismos para su permanente actualización.
4.— Verificar la aplicación de la normativa vigente de orden externo e interno y los procedimientos técnicos adecuados, ponderando las causales y razonabilidad de los desvíos.
5.— Evaluar los cambios que se produzcan en la estructura presupuestaria fijada para la institución y su incidencia en la formulación de planes.
6.— Elaborar en función de las debilidades detectadas y hallazgos de auditoría, el grado de intensidad de las tareas de seguimiento y comprobación de correcciones efectuadas por parte de la jurisdicción.
7.— Coordinar la ejecución de las distintas auditorías y verificar la aplicación de las normas y procedimientos de auditoría.
8.— Establecer prioridades de trabajo a fin de cumplir con los programas aprobados y asignar tareas entre los distintos integrantes del equipo.
9.— Supervisar los informes elaborados por los distintos auditores y formular las conclusiones pertinentes.
10.— Resumir los resultados de los trabajos de campo realizados por los auditores y de su análisis, determinando los cursos alternativos de acción.
11.— Acumular sistemáticamente el resultado de las acciones ejecutadas, a los efectos de alimentar el sistema de planeamiento estratégico.
1.—Asistir al Auditor Adjunto en la formulación y control de la planificación global y anual y de los programas específicos de auditoría, en lo concerniente a su responsabilidad.
2.— Analizar y emitir opinión acerca de los aspectos puntuales que en materia de estrategias y planes le sean requeridos por el Auditor Interno Titular o el responsable de la Auditoría Adjunta.
3.— Coordinar el desarrollo de la programación y ejecución de acciones de auditoría y proponer los procedimientos de auditoría a aplicar y mecanismos para su permanente actualización.
4.— Verificar la aplicación de la normativa vigente de orden externo e interno y los procedimientos técnicos adecuados, ponderando las causales y razonabilidad de los desvíos.
5.— Elaborar en función de las debilidades detectadas y hallazgos de auditoría, el grado de intensidad de las tareas de seguimiento y comprobación de correcciones efectuadas por parte de la jurisdicción.
6.— Coordinar la ejecución de las distintas auditorías y verificar la aplicación de las normas y procedimientos de auditoría.
7.— Establecer prioridades de trabajo a fin de cumplir con los programas aprobados, y asignar tareas entre los distintos integrantes del equipo.
8.— Supervisar los informes elaborados por los distintos auditores y formular las conclusiones pertinentes.
9.— Resumir los resultados de los trabajos de campo realizados por los auditores y de su análisis, determinando los cursos alternativos de ampliación, anexión con otros procedimientos y/o información de conclusiones.
10. — Acumular sistemáticamente el resultado de las acciones ejecutadas, a los efectos de alimentar el sistema de planeamiento estratégico.
1.— Asistir al Auditor Adjunto en la formulación y control de la planificación global y anual y de los programas específicos de auditoría, en lo concerniente a su responsabilidad.
2.— Analizar y emitir opinión acerca de los aspectos puntuales que en materia de estrategias y planes le sean requeridos por el Auditor Interno Titular o el responsable de la Auditoría Adjunta.
3.— Efectuar el análisis de circuitos operativos y de los procedimientos en la ejecución de acciones, a efectos de asegurar el logro de la eficiencia, economía y eficacia de los objetivos.
4.— Ejercer el control permanente de la marcha de las acciones en curso, con relación a los objetivos, cronogramas y otras pautas programadas en base a un apropiado esquema de seguimiento.
5.— Proponer normas adicionales para la medición y recapitulación de los datos económicos a fin de propender a la consolidación de las acciones de la jurisdicción.
6.— Analizar y emitir opinión respecto de la confiabilidad y utilización de la información gerencial.
7.— Proponer los criterios de auditoría adecuados que permitan comparar una condición o circunstancia real.
8.— Coordinar la ejecución de los programas de auditoría que se formulen con la intervención de equipos interdisciplinarios.
9.— Resumir los resultados de los trabajos de campo realizados por los auditores y de su análisis, determinando los cursos alternativos de acción.
10.— Acumular sistemáticamente el resultado de las acciones ejecutadas, a los efectos de alimentar el sistema de planeamiento estratégico.
11.— Generar las propuestas de adiestramiento y actualización profesional del personal en temas específicos de control interno.
PLANTA PERMANENTE
AGRUPAMIENTO GENERAL
JURISDICCION: MINISTERIO DE JUSTICIA
UNIDAD AUDITORIA INTERNA
PRESUPUESTO 1994
DISTRIBUCION ADMINISTRATIVA DEL PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
— RECURSOS HUMANOS
JURISDICCION (A. C.): 4000-MINISTERIO DE JUSTICIA
PROGRAMA: 01 — ACTIVIDADES CENTRALES
ACTIVIDAD: 02 — SERVICIOS DE AUDITORIA
Secretaría de Hacienda
Secretaría de la Función Pública
MINISTERIO DE JUSTICIA
Resolución Conjunta 334/94, 64/94 y S/N°
Apruébase la estructura organizativa de la Unidad de Auditoría Interna.
Bs. As., 30/3/94
VISTO la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y el Decreto N° 971/93 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las normas citadas precedentemente se crearon, en diversas Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional, las Unidades de Auditoria Interna y los cargos de los titulares de las mismas.
Que, asimismo en los referidos actos se adoptaron disposiciones relativas al funcionamiento y a la conformación definitiva de las respectivas Unidades de Auditoría Interna.
Que en la dotación de la estructura organizativa que se propone, se han incorporado los cargos correspondientes al personal del ex-Tribunal de Cuentas de la Nación, transferidos por el Decreto N° 1347/93 que, por otra parte, ya ha sido reencasillado en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, Decreto N° 993/91 y modificatorios.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y el COMITE EJECUTIVO DE CONTRALOR DE LA REFORMA ADMINISTRATIVA, han tomado la intervención que les compete, expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en uso de las previsiones establecidas en el Artículo 6° de la Ley 24.307 y conforme a las facultades atribuidas en el Artículo 1° del Decreto N° 2662/93, en su Anexo I, Punto 4, inciso a).
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA
LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Y
EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVEN:
Artículo 1° — Apruébase la estructura organizativa de la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE JUSTICIA, de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones y Planta de Personal Permanente, que como anexos I, II y III corren agregados a la presente Resolución Conjunta.
Art. 2° — Incorpórase, a la estructura organizativa vigente del MINISTERIO DE JUSTICIA, la correspondiente a la Unidad de Auditoría Interna que se aprueba por la presente.
Art. 3° — Modificase la Distribución Administrativa del Presupuesto de la Administración Nacional —Recursos Humanos — aprobada por el Decreto N° 2662 del 27 de diciembre de 1993 y sus modificatorios, conforme Anexo IV.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge L. Maiorario. — Ricardo Gutiérrez. — Claudia E. Bello.
ANEXO I
ORGANIGRAMA
ANEXO II
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización de la jurisdicción, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia.
ACCIONES
1.— Establecer la planificación de la auditoría interna de la jurisdicción, conforme a las normas generales de Control Interno y Auditoria Interna.
2.— Elaborar el Plan Anual de la Auditoría Interna.
3.— Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la auditoria superior.
4.— Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control Interno.
5.— Tomar conocimiento integralmente de los actos y evaluar aquellos de significativa trascendencia económica.
6.— Verificar si en las erogaciones e ingresos de la jurisdicción, se cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente.
7.— Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos contables.
8.— Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.
9.— Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.
10.— Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.
11.—Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de los desvíos que se detecten con las recomendaciones y/u observaciones que se formulen.
12.—Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.
13.—Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.
AUDITORIA ADJUNTA
ACCIONES
ACCIONES
1.— Coordinar el desarrollo de la planificación, programación y ejecución de las acciones de auditoria.
2.— Reemplazar al Auditor Interno Titular en caso de ausencia.
3.— Asistir al Auditor Interno Titular en materia de relaciones institucionales y la coordinación de acciones con otros organismos de control interno y externo.
4.— Asistir al Auditor Interno Titular en la evaluación del desarrollo general de las acciones de la unidad, asesorando en orden a la factibilidad de elección de alternativa para el mejor servicio a toda la organización, compatible con los medios disponibles.
5.— Revisar que el resultado de las auditorias se correspondan con los objetivos y metas propuestas.
6.— Ponderar hechos y situaciones que, conforme el resultado de las acciones han afectado su eficiencia y resultan o puedan resultar gravitantes para la reformulación de estrategias, planes y programas exponiendo al Auditor Interno Titular su dimensión y alcance.
7.— Proponer el orden de prioridades de las auditorías a realizar.
8.— Analizar los resultados de los trabajos elevados por los supervisores de auditoría, evaluar y conformar las conclusiones al respecto.
9.— Propiciar la formación de grupos de trabajo interno para resolver cuestiones técnicas y de organización funcional.
10.— Calificar en primera instancia a los responsables de las áreas sustantivas y emitir opinión primaria acerca del grado de eficiencia en el desenvolvimiento de dichas áreas.
11.— Coordinar la producción de la información final de la Unidad de Auditoría Interna a partir de las conclusiones de las diferentes áreas sustantivas de acciones de auditoría.
SUPERVISION DE AUDITORIA CONTABLE
ACCIONES
ACCIONES
1.— Asistir al Auditor Adjunto en la formulación y control de la planificación global y anual y de los programas específicos de auditoría, en lo concerniente a su responsabilidad.
2.— Analizar y emitir opinión acerca de los aspectos puntuales que en materia de estrategias y planes le sean requeridos por el Auditor Interno Titular o el responsable de la Auditoría Adjunta.
3.— Coordinar el desarrollo de la programación y ejecución de acciones de auditoría y proponer los procedimientos de auditoría a aplicar y mecanismos para su permanente actualización.
4.— Verificar la aplicación de la normativa vigente de orden externo e interno y los procedimientos técnicos adecuados, ponderando las causales y razonabilidad de los desvíos.
5.— Evaluar los cambios que se produzcan en la estructura presupuestaria fijada para la institución y su incidencia en la formulación de planes.
6.— Elaborar en función de las debilidades detectadas y hallazgos de auditoría, el grado de intensidad de las tareas de seguimiento y comprobación de correcciones efectuadas por parte de la jurisdicción.
7.— Coordinar la ejecución de las distintas auditorías y verificar la aplicación de las normas y procedimientos de auditoría.
8.— Establecer prioridades de trabajo a fin de cumplir con los programas aprobados y asignar tareas entre los distintos integrantes del equipo.
9.— Supervisar los informes elaborados por los distintos auditores y formular las conclusiones pertinentes.
10.— Resumir los resultados de los trabajos de campo realizados por los auditores y de su análisis, determinando los cursos alternativos de acción.
11.— Acumular sistemáticamente el resultado de las acciones ejecutadas, a los efectos de alimentar el sistema de planeamiento estratégico.
SUPERVISION DE AUDITORIA LEGAL
ACCIONES
ACCIONES
1.—Asistir al Auditor Adjunto en la formulación y control de la planificación global y anual y de los programas específicos de auditoría, en lo concerniente a su responsabilidad.
2.— Analizar y emitir opinión acerca de los aspectos puntuales que en materia de estrategias y planes le sean requeridos por el Auditor Interno Titular o el responsable de la Auditoría Adjunta.
3.— Coordinar el desarrollo de la programación y ejecución de acciones de auditoría y proponer los procedimientos de auditoría a aplicar y mecanismos para su permanente actualización.
4.— Verificar la aplicación de la normativa vigente de orden externo e interno y los procedimientos técnicos adecuados, ponderando las causales y razonabilidad de los desvíos.
5.— Elaborar en función de las debilidades detectadas y hallazgos de auditoría, el grado de intensidad de las tareas de seguimiento y comprobación de correcciones efectuadas por parte de la jurisdicción.
6.— Coordinar la ejecución de las distintas auditorías y verificar la aplicación de las normas y procedimientos de auditoría.
7.— Establecer prioridades de trabajo a fin de cumplir con los programas aprobados, y asignar tareas entre los distintos integrantes del equipo.
8.— Supervisar los informes elaborados por los distintos auditores y formular las conclusiones pertinentes.
9.— Resumir los resultados de los trabajos de campo realizados por los auditores y de su análisis, determinando los cursos alternativos de ampliación, anexión con otros procedimientos y/o información de conclusiones.
10. — Acumular sistemáticamente el resultado de las acciones ejecutadas, a los efectos de alimentar el sistema de planeamiento estratégico.
SUPERVISION DE AUDITORIA OPERATIVA
ACCIONES
ACCIONES
1.— Asistir al Auditor Adjunto en la formulación y control de la planificación global y anual y de los programas específicos de auditoría, en lo concerniente a su responsabilidad.
2.— Analizar y emitir opinión acerca de los aspectos puntuales que en materia de estrategias y planes le sean requeridos por el Auditor Interno Titular o el responsable de la Auditoría Adjunta.
3.— Efectuar el análisis de circuitos operativos y de los procedimientos en la ejecución de acciones, a efectos de asegurar el logro de la eficiencia, economía y eficacia de los objetivos.
4.— Ejercer el control permanente de la marcha de las acciones en curso, con relación a los objetivos, cronogramas y otras pautas programadas en base a un apropiado esquema de seguimiento.
5.— Proponer normas adicionales para la medición y recapitulación de los datos económicos a fin de propender a la consolidación de las acciones de la jurisdicción.
6.— Analizar y emitir opinión respecto de la confiabilidad y utilización de la información gerencial.
7.— Proponer los criterios de auditoría adecuados que permitan comparar una condición o circunstancia real.
8.— Coordinar la ejecución de los programas de auditoría que se formulen con la intervención de equipos interdisciplinarios.
9.— Resumir los resultados de los trabajos de campo realizados por los auditores y de su análisis, determinando los cursos alternativos de acción.
10.— Acumular sistemáticamente el resultado de las acciones ejecutadas, a los efectos de alimentar el sistema de planeamiento estratégico.
11.— Generar las propuestas de adiestramiento y actualización profesional del personal en temas específicos de control interno.
ANEXO III
ESCALAFON DTO. N° 993/91
PLANTA PERMANENTE
AGRUPAMIENTO GENERAL
JURISDICCION: MINISTERIO DE JUSTICIA
UNIDAD AUDITORIA INTERNA
NIVEL UNIDAD | E.E. | A | B | C | D | E | SUB TOTAL | TOTAL |
AUDITORIA INTERNA | 1 | 1 | 4 | 11 | 4 | 1 | 22 | 22 |
TOTAL | 1 | 1 | 4 | 11 | 4 | 1 | 22 | 22 |
ANEXO IV
PRESUPUESTO 1994
DISTRIBUCION ADMINISTRATIVA DEL PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
— RECURSOS HUMANOS
JURISDICCION (A. C.): 4000-MINISTERIO DE JUSTICIA
PROGRAMA: 01 — ACTIVIDADES CENTRALES
ACTIVIDAD: 02 — SERVICIOS DE AUDITORIA
CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE CARGOS HS. CATEDRA | RETRIBUCION DEL CARGO IMPORTE EN PESOS |
PERSONAL PERMANENTE | ||
ESCALAFON EX-TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA NACION | III -1 V -2 VI -1 | -13.850 -19.960 -8.758 |
SUBTOTAL ESCALAFON | -4 | -42.568 |
PERSONAL DEL SINAPA DECRETO N° 993/91 | ||
A-1 1 B-0 4 C-0 8 C-1 1 C-2 2 D-0 4 E-0 1 | 29.568 72.576 94.080 12.600 26.880 33.600 5.040 | |
SUBTOTAL ESCALAFON | 21 | 274.344 |
TOTAL PARTIDA PRINCIPAL | 17 | 231.776 |