ENERGIA ELECTRICA
RES. 555/01 - COMPLEMENTARIA
Resumen:
LOS AGENTES DEL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) MENCIONADOS EN EL ARTICULO PRIMERO DE LA RESOLUCION ENRE NRO. 555/01, DEBERAN MANTENER VIGENTE LA CERTIFICACION DEL SGA Y REMITIR AL ENRE, JUNTAMENTE CON LOS INFORMES DE AVANCE SEMESTRALES, COPIA DE LOS INFORMES DE LAS AUDITORIAS DE MANTENIMIENTO O DE RENOVACION DEL SGA, DENTRO DEL PLAZO FIJADO POR EL PUNTO V.1 DEL ANEXO DE LA RESOLUCION ENRE NRO. 555/01 (MES SIGUIENTE DEL PERIODO QUE SE INFORMA) Y QUE SE HUBIEREN LLEVADO A CABO DURANTE EL PERIODO QUE SE INFORMA.
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 1° DE LA RESOLUCION N° 558/2022 DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD B.O. 7/11/2022. PAGINA 23.