Resolución 625 / 1997
MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
---|---|---|
Normativa / Número
Ley 23660
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 20-Ene-1989 |
Descripción
NUEVO REGIMEN - APROBACIONAPRUEBASE EL NUEVO REGIMEN DE OBRAS SOCIALES.
|
Normativa / Número
Ley 23661
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 20-Ene-1989 |
Descripción
SISTEMA NACIONAL DE SEGURO DE SALUD (ANSSAL)CREACION. AMBITO DE APLICACION. BENEFICIARIOS. ADMINISTRACION DE SEGURO AGENTES DE SEGURO. PARTICIPACION DE LAS PROVINCIAS.
|
Normativa / Número
Ley 24455
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 08-Mar-1995 |
Descripción
PRESTACIONES OBLIGATORIASPRESTACIONES OBLIGATORIAS QUE DEBERAN INCORPORAR AQUELLAS RECIPENDARIAS DEL FONDO DE REDISTRIBUCION DE LA LEY 23661. PROMULGADA POR DECRETO Nº 305/95 (B.O. 1/3/95)
|
Normativa / Número
Decreto 492 / 1995
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 26-Sep-1995 |
Descripción
PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO - REDUCCION DE APORTESPROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO. FUSION DE OBRAS SOCIALES. REDUCCION DE CONTRIBUCIONES PATRONALES. TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL. TRANSFORMACION Y DISOLUCION DE LOS INSTITUTOS DE SERVICIO SOCIALES. DISPOSICIONES FINALES. DEROGASE EL DECRETO Nº 282/95. (ENTREOTRAS SE TRANSFORMA EN OBRA SOCIAL LA UPCN - ART. 10).- CAD
|
Normativa / Número
Decreto Reglamentario 580 / 1995
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 18-Oct-1995 |
Descripción
PRESTACIONES. RETROVIRUS HUMANOS - REGLAMENTACIONAPRUEBASE LA REGLAMENTACION DE LA LEY 24.555 - OBLIGA A LAS OBRAS SOCIALES DEL SISTEMA NACIONAL INCLUIDAS EN LA LEY 23.660 RECIPIENDARIAS DEL FONDO DE REDISTRIBUCION DE LA LEY 23.661, A INCORPORAR COMO PRESTACION OBLIGATORIA LA COBERTURA DE LOS TRAMIENTOSMEDICO, PSICOLOGICO Y FARMACOLOGICO DE LAS PERSONAS INFECTADAS POR LOS RETROVIRUS HUMANOS -. REGLAMENTANSE LOS ART. 3º, 4º Y 5º
|
Normativa / Número
Ley 24754
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 02-Ene-1997 |
Descripción
COBERTURAS - SERVICIOS -ESTABLECESE QUE LAS EMPRESAS O ENTIDADES QUE PRESTEN DICHOS SERVICIOS DEBERAN CUBRIR, COMO MINIMO, DETERMINADAS "PRESTACIONES OBLIGATORIAS" DISPUESTAS PARA LAS OBRAS SOCIALES.- (FE DE ERRATAS - BO 1/4/97, PAG 2: EN EL ARTICULO 1º DONDE DICE ...DISPUESTAS POR LAS OBRAS SOCIALES... DEBE DECIR ... DISPUESTAS PARA LAS OBRAS SOCIALES...)
|