Presidencia de la Nación

Resolución 619 / 1999

SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUST


SANIDAD ANIMAL

VACUNA ANTIAFTOSA (REF.: RES. SENASA 380/99)

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 18-Jun-1999
Resumen:

ESTABLECESE QUE, LA TOTALIDAD DE LA VACUNA ANTIAFTOSA INTERDICTADA BAJO ACTA A TODO TENEDOR DE LA MISMA, DEBERA SER DESTRUIDA, INDEPENDIENTEMENTE DE SU FECHA DE VENCIMIENTO, DE ACUERDO A LOS PROCEDIMIENTOS FIJADOS POR RES. SENASA NRO. 380/99.-

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