INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
REINTEGRO FISCAL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
30-Ene-1997
Resumen:
REQUISITOS A LOS QUE SE DEBERAN AJUSTAR, LAS EMPRESAS TERMINALES AUTOMOTRICES QUE SEAN POSEEDORAS DE CREDITO AL 31/12/96, COMO CONSECUENCIA DEL REINTEGRO FISCAL CONTEMPLADO EN EL ARTICULO 2 DEL DECRETO Nº 647/95.