COMERCIALIZACION DE TRIGO PAN
ART. 3° RES. N° 1262/2004 - SUSPENSION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
02-Oct-2006
Resumen:
SUSPENDESE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA 2ª ETAPA CONTEMPLADA EN EL ARTICULO 3º DE LA RESOLUCION Nº 1262/2004, EN RELACION CON LOS NIVELES DE EXIGENCIA DE CALIDAD DEL TRIGO, RESPECTO A MATERIAS EXTRAÑAS Y GRANOS QUEBRADOS Y/O CHUZOS.