ASIGNACIONES FAMILIARES
ASIGNACIONES UNIVERSALES
Resumen:
ASIGNACION UNIVERSAL POR HIJO PARA PROTECCION SOCIAL. A LOS EFECTOS DE LIQUIDAR LAS ASIGNACIONES FAMILIARES DESTINADAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD REGULADAS EN LA NORMATIVA VIGENTE, A PARTIR DEL 1º DE DICIEMBRE DE 2011 SE DEBERA CONTAR Y REGISTRAR EN LAS BASES DE DATOS CORRESPONDIENTES, EL CERTIFICADO UNICO DE DISCAPACIDAD, EXPEDIDO POR LOS ORGANISMOS HABILITADOS A TAL EFECTO, EN EL MARCO DE LAS PREVISIONES DE LA LEY Nº 22.431.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 5° DE LA RESOLUCION 203/2019 DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, B.O. 12/08/2019, PAGINA 40. VIGENCIA: VER ARTICULO 7° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.