PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Resolución Nº 601
Bs. As., 8/7/99
VISTO el Expediente Nº 1152/99 del Registro de esta Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de la Presidencia de la Nación, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo dispuesto en el punto 4.1. del Acta Acuerdo de fecha 30 de octubre de 1997, aprobada por el Decreto Nº 1167/97, se ha formalizado con la Concesionaria del Servicio Público de Agua Potable y Desagües Cloacales una nueva Acta Acuerdo.
Que la misma responde a la tarea realizada en el seno de la UNIDAD ASESORA - AUTORIDAD DE APLICACION DECRETO Nº 999/92 creada por Resolución SRNyDS Nº 253/98, con la participación de la Concesionaria y tomando en consideración los estudios realizados y las propuestas formuladas por el ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS.
Que dicha Acta Acuerdo permite concluir con las tareas previas a la Primera Revisión Quinquenal a cargo del Ente Regulador, el que deberá ceñirse a las normas regulatorias y contractuales con las adecuaciones contenidas en ella, sin perjuicio de las modificaciones que puedan introducirse a la misma como consecuencia de la intervención de los organismos de control competentes.
Que el referido Instrumento pone término al proceso de renegociación del Contrato de Concesión, iniciado con el dictado del Decreto Nº 149/97, seguido del Decreto Nº 1167/97 y de la Resolución SRNyDS Nº 1103/98, quedando concluidas todas las cuestiones pendientes habidas entre las partes y restando únicamente definir algunos aspectos operativos a cargo del ETOSS o de esta Secretaría, conforme a lo determinado para cada caso particular en los que se han fijado lineamientos, procedimientos o metodologías para su posterior instrumentación.
Que en este estado corresponde aprobar el Acta Acuerdo de marras, supeditando su vigencia definitiva a la previa intervención de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y de la COMISION BILATERAL DE REFORMA DEL ESTADO Y SEGUIMIENTO DE LAS PRIVATIZACIONES LEY 23.696 del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Que la DIRECCION GENERAL DE COORDINACION DE ASUNTOS JURIDICOS de esta Secretaría ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en el marco de lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto Nº 1167/97, el artículo 20 del Decreto Nº 146/98 y el artículo 2º del Decreto Nº 1087/98.
Por ello,
LA SECRETARIO DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase el Acta Acuerdo de fecha 8 de julio de 1999 suscripta entre esta SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la empresa AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, la que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2º — Déjase establecido que dicha Acta Acuerdo queda sujeta a las modificaciones que pudieran introducirse como consecuencia de la intervención que compete a la COMISION BICAMERAL DE REFORMA DEL ESTADO Y SEGUIMIENTO DE LAS PRIVATIZACIONES LEY Nº 23.696 del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
ARTICULO 3º — Comuníquese al ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS que deberá proceder a tomar en consideración las adecuaciones formuladas a las normas concesionales contenidas en el Acta Acuerdo que mediante la presente se aprueba, en las tareas correspondientes a la Primera Revisión Quinquenal, sin perjuicio de que la emisión de los actos administrativos pertinentes quede diferida hasta tanto se cumpla con las intervenciones dispuestas en el artículo precedente.
ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. MARIA JULIA ALSOGARAY, Secretario de Recursos Naturales y de Desarrollo Sustentable.
NOTA: Esta resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).
e. 5/8 Nº 285.811 v. 5/8/99