BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA
CRUZAMIENTO DE PARENTALES - TRATAMIENTO DIFERENCIADO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
08-Feb-2007
Resumen:
APRUEBASE UN TRATAMIENTO DIFERENCIADO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACION DE COMERCIALIZACION PARA AQUELLAS ACUMULACIONES PROVENIENTES DEL CRUZAMIENTO DE PARENTALES, EN EL MARCO DE LA RESOLUCION Nº 39/2003.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 7° DE LA RESOLUCION 36/2019 DE LA SECRETARIA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMIA, B.O. 01/07/2019, PAGINA 31. VIGENCIA: VER ARTICULO 8° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.