MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución 598-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2017
VISTO el Expediente N° EX -2016-01352565- -APN-DDMIP#MJ y la Ley del Consejo de la Magistratura N° 24.937 (t.o 1999) y sus modificatorias, en especial la Ley N°26.855,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N°26.855, introdujo diversas modificaciones a la ley del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA N°24.937 (t.o.1999) y sus modificatorias, entre estas la sustitución de su artículo 13, estableciendo que “Aquellos cursos o carreras de posgrado, correspondan o no a la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura, que cuenten con la aprobación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos serán considerados como antecedentes especialmente relevantes en los concursos para la designación de magistrados y en la promoción de quienes forman parte de la carrera judicial”.
Que no existe un protocolo o pautas para la evaluación y aprobación de esos cursos por parte de este Ministerio.
Que, en ese sentido, la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD ACADÉMICA Y LA SOCIEDAD CIVIL propone la aprobación de un PROTOCOLO DE EVALUACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO, de un FORMULARIO DE SOLICITUD DE APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO y de un FORMULARIO DE SOLICITUD DE PRÓRROGA DE LA APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO para poder tramitar las peticiones que se efectúen.
Que la presente se dicta de conformidad con las disposiciones de los artículos 4° inciso b), apartado 9 y 22, inciso 7 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificaciones, en concordancia con el artículo 13 de la Ley del Consejo de la Magistratura –t.o.1999- y sus modificaciones.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébanse el PROTOCOLO DE EVALUACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO, el FORMULARIO DE SOLICITUD DE APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO, y el FORMULARIO DE SOLICITUD DE PRÓRROGA DE LA APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO, que como ANEXO I (IF-2017-11861053-APN-DNRCAYSC#MJ), ANEXO II (IF-2017-11861002-APN-DNRCAYSC#MJ) y ANEXO III (IF-2017-11860962-APN-DNRCAYSC#MJ) respectivamente, forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente medida no irrogará costo fiscal alguno para este Ministerio. — Germán Carlos Garavano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
Artículo 1°: El presente Protocolo determina los criterios que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tendrá en cuenta para aprobar los cursos o carreras de posgrado, correspondan o no a la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura, y 'que serán considerados como antecedentes especialmente relevantes en los concursos para la designación de magistrados y en la promoción de quienes forman parte de la carrera judicial.' (Conf. Ley N° 24.937 (t.o. 1999) y sus modificaciones).
Artículo 2°: La presentación podrá ser realizada por Facultades de Derecho, Institutos Universitarios o Escuelas Judiciales, a pedido de la autoridad con facultades para solicitar la aprobación de cursos o carreras de posgrados.
Artículo 3°: Se realizarán DOS (2) llamados anuales -el primero en el mes de abril y el segundo en el mes de septiembre- para la presentación de solicitudes de aprobación de cursos o carreras de posgrados.
Artículo 4°: La Dirección Nacional de Relaciones con la Comunidad Académica y la Sociedad Civil será la dependencia encargada de receptar solicitudes, llevar el registro de cursos aprobados y asistir al Ministro en la evaluación de los cursos y carreras de posgrado para su calificación (Decisión Administrativa 483/16).
Artículo 5°: Es un objetivo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que los cursos o carreras de posgrado que solicitan la aprobación acrediten que la propuesta presentada colabora sustancialmente con la mejora de la calidad del servicio de justicia.
Artículo 6°: Las solicitudes deberán incluir un diagnóstico previo —elaborado con datos empíricos u otra información— que sirva para identificar cuáles son, a juicio de la dirección académica del curso, los problemas de la justicia y una explicación respecto de la forma en la que el curso o posgrado contribuye a su solución.
Artículo 7°: Las presentaciones deberán evidenciar la coherencia del curso o carrera de posgrado (perspectiva pedagógica, criterios tenidos en cuenta para el diseño del programa de estudio, objetivos, acciones) y su calidad académica (carga horaria, bibliografía, contenidos mínimos, metodología de evaluación, metodología y estrategias de enseñanza, estructura de la propuesta).
Artículo 8°: Será necesaria la presentación del listado de profesores que impartirán las clases y sus antecedentes —los que deberán acreditar la formación requerida para el dictado del curso y su vinculación con los contenidos que se van a impartir. Asimismo, será especialmente valorada la dedicación exclusiva a la actividad académica de los profesores que dictan el curso que se presentó o del plantel docente respecto de las cuestiones relevantes para lograr los objetivos del curso.
Artículo 9°: Serán también especialmente valorados los cursos que incorporen el uso de tecnologías de la información y de la comunicación en sus métodos de enseñanza, con los alumnos y en las clases; el desarrollo de destrezas profesionales y la enseñanza de contenidos de ética profesional.
Artículo 10°: Los cursos o carreras de posgrado serán aprobados por un plazo de DOS (2) años contados a partir de la firma de la resolución que así lo establezca. Cumplido ese plazo, los interesados deberán efectuar una nueva presentación con un informe que indique si se realizaron cambios en el programa, contenidos u organización de los cursos y detalle en que consistieron dichas modificaciones para ser nuevamente aprobados por un período igual.
Número: IF-2017-11861053-APN-DNRCAYSC#MJ
Referencia: EX-2016-01352565- -APN-DDMIP#MJ
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FECHA DE PRESENTACIÓN ______/_______ /_______
PRIMER LLAMADO (ABRIL) □
SEGUNDO LLAMADO (SEPTIEMBRE) □
NOMBRE INSTITUCIÓN SOLICITANTE
(Facultad de Derecho, Instituto Universitario, Escuela Judicial)
.....................................................................................................
AUTORIDAD SOLICITANTE
.................................................... .......................................................
(Nombre) (Apellido)
....................................................
(Cargo)
NOMBRE DEL CURSO O CARRERA DE POSGRADO
..........................................................................................................
CARGA HORARIA
...............................................................
CANTIDAD DE MATERIAS
................................................................
Para completar la solicitud de aprobación deberá realizar la presentación del curso con la siguiente información:
1) Diagnóstico elaborado con datos empíricos u otra información donde identifique cuales considera que son los problemas de la justicia.
2) Una explicación respecto de la forma en la que el curso o carrera colabora para su solución.
3) Perspectiva pedagógica, criterios tenidos en cuenta para el diseño del programa de estudio, objetivos, bibliografía, metodología de evaluación, estructura de la propuesta, metodologías de enseñanza.
4) Listado de profesores que darán las clases con un CV abreviado que acredite la formación relevante para el dictado del curso y su vinculación con los contenidos que van a impartir, si tiene dedicación exclusiva a la actividad académica o la comparte con alguna otra profesión.
INFORMACIÓN SOBRE EL CURSO O CARRERA DE POSGRADO: Seleccione la/las opción/es que correspondan
Desarrolla destrezas profesionales □
Imparte contenidos de ética profesional □
Incorpora el uso de tecnologías de la información y comunicación □
______________________ _____________________ ________________________
Firma del solicitante Aclaración Sello de la institución
Número: IF-2017-11861002-APN-DNRCAYSC#MJ
Referencia: EX-2016-01352565- -APN-DDMIP#MJ
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FECHA DE PRESENTACIÓN ________/________/____________
NOMBRE INSTITUCIÓN SOLICITANTE
(Facultad de Derecho, Instituto Universitario, Escuela Judicial)
..........................................................................................................................
AUTORIDAD SOLICITANTE
................................................................... ...................................................
(Nombre) (Apellido)
..................................................................
(Cargo)
NOMBRE DEL CURSO O CARRERA DE POSGRADO
..............................................................................................................................
CARGA HORARIA
....................................................
CANTIDAD DE MATERIAS
.....................................................
AÑO EN QUE EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS APROBÓ EL CURSO O CARRERA DE POSGRADO
...............................................................................
Para completar la solicitud de prórroga de ¡a aprobación deberá presentar la siguiente información:
1) Copia de la resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que aproo el curso o carrera de posgrado.
2) Un informe que indique si se realizaron cambios en el programa, contenidos u organización de los cursos y detalle en que consistieron dichas modificaciones para ser nuevamente aprobados por otro período igual al primero.
_____________________ _________________________ ________________________
Firma del solicitante Aclaración Sello de la Institución
Número: IF-2017-11860962-APN-DNRCAYSC#MJ
Referencia: EX-2016-01352565- -APN-DDMIP#MJ
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Resolución 598-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2017
VISTO el Expediente N° EX -2016-01352565- -APN-DDMIP#MJ y la Ley del Consejo de la Magistratura N° 24.937 (t.o 1999) y sus modificatorias, en especial la Ley N°26.855,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N°26.855, introdujo diversas modificaciones a la ley del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA N°24.937 (t.o.1999) y sus modificatorias, entre estas la sustitución de su artículo 13, estableciendo que “Aquellos cursos o carreras de posgrado, correspondan o no a la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura, que cuenten con la aprobación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos serán considerados como antecedentes especialmente relevantes en los concursos para la designación de magistrados y en la promoción de quienes forman parte de la carrera judicial”.
Que no existe un protocolo o pautas para la evaluación y aprobación de esos cursos por parte de este Ministerio.
Que, en ese sentido, la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD ACADÉMICA Y LA SOCIEDAD CIVIL propone la aprobación de un PROTOCOLO DE EVALUACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO, de un FORMULARIO DE SOLICITUD DE APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO y de un FORMULARIO DE SOLICITUD DE PRÓRROGA DE LA APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO para poder tramitar las peticiones que se efectúen.
Que la presente se dicta de conformidad con las disposiciones de los artículos 4° inciso b), apartado 9 y 22, inciso 7 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificaciones, en concordancia con el artículo 13 de la Ley del Consejo de la Magistratura –t.o.1999- y sus modificaciones.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébanse el PROTOCOLO DE EVALUACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO, el FORMULARIO DE SOLICITUD DE APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO, y el FORMULARIO DE SOLICITUD DE PRÓRROGA DE LA APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO, que como ANEXO I (IF-2017-11861053-APN-DNRCAYSC#MJ), ANEXO II (IF-2017-11861002-APN-DNRCAYSC#MJ) y ANEXO III (IF-2017-11860962-APN-DNRCAYSC#MJ) respectivamente, forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente medida no irrogará costo fiscal alguno para este Ministerio. — Germán Carlos Garavano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 10/08/2017 N° 56851/17 v. 10/08/2017
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
PROTOCOLO DE EVALUACIÓN DE CURSOS O
CARRERAS DE POSGRADO
(LEY N°24.937 (t.o.1999) y sus modif. artículo 13)
PROTOCOLO DE EVALUACIÓN DE CURSOS O
CARRERAS DE POSGRADO
(LEY N°24.937 (t.o.1999) y sus modif. artículo 13)
Artículo 1°: El presente Protocolo determina los criterios que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tendrá en cuenta para aprobar los cursos o carreras de posgrado, correspondan o no a la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura, y 'que serán considerados como antecedentes especialmente relevantes en los concursos para la designación de magistrados y en la promoción de quienes forman parte de la carrera judicial.' (Conf. Ley N° 24.937 (t.o. 1999) y sus modificaciones).
Artículo 2°: La presentación podrá ser realizada por Facultades de Derecho, Institutos Universitarios o Escuelas Judiciales, a pedido de la autoridad con facultades para solicitar la aprobación de cursos o carreras de posgrados.
Artículo 3°: Se realizarán DOS (2) llamados anuales -el primero en el mes de abril y el segundo en el mes de septiembre- para la presentación de solicitudes de aprobación de cursos o carreras de posgrados.
Artículo 4°: La Dirección Nacional de Relaciones con la Comunidad Académica y la Sociedad Civil será la dependencia encargada de receptar solicitudes, llevar el registro de cursos aprobados y asistir al Ministro en la evaluación de los cursos y carreras de posgrado para su calificación (Decisión Administrativa 483/16).
Artículo 5°: Es un objetivo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que los cursos o carreras de posgrado que solicitan la aprobación acrediten que la propuesta presentada colabora sustancialmente con la mejora de la calidad del servicio de justicia.
Artículo 6°: Las solicitudes deberán incluir un diagnóstico previo —elaborado con datos empíricos u otra información— que sirva para identificar cuáles son, a juicio de la dirección académica del curso, los problemas de la justicia y una explicación respecto de la forma en la que el curso o posgrado contribuye a su solución.
Artículo 7°: Las presentaciones deberán evidenciar la coherencia del curso o carrera de posgrado (perspectiva pedagógica, criterios tenidos en cuenta para el diseño del programa de estudio, objetivos, acciones) y su calidad académica (carga horaria, bibliografía, contenidos mínimos, metodología de evaluación, metodología y estrategias de enseñanza, estructura de la propuesta).
Artículo 8°: Será necesaria la presentación del listado de profesores que impartirán las clases y sus antecedentes —los que deberán acreditar la formación requerida para el dictado del curso y su vinculación con los contenidos que se van a impartir. Asimismo, será especialmente valorada la dedicación exclusiva a la actividad académica de los profesores que dictan el curso que se presentó o del plantel docente respecto de las cuestiones relevantes para lograr los objetivos del curso.
Artículo 9°: Serán también especialmente valorados los cursos que incorporen el uso de tecnologías de la información y de la comunicación en sus métodos de enseñanza, con los alumnos y en las clases; el desarrollo de destrezas profesionales y la enseñanza de contenidos de ética profesional.
Artículo 10°: Los cursos o carreras de posgrado serán aprobados por un plazo de DOS (2) años contados a partir de la firma de la resolución que así lo establezca. Cumplido ese plazo, los interesados deberán efectuar una nueva presentación con un informe que indique si se realizaron cambios en el programa, contenidos u organización de los cursos y detalle en que consistieron dichas modificaciones para ser nuevamente aprobados por un período igual.
IF-2017-11861053 -APN-DNRC AYSC#MJ
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Anexo
Número: IF-2017-11861053-APN-DNRCAYSC#MJ
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 16 de Junio de 2017
Viernes 16 de Junio de 2017
Referencia: EX-2016-01352565- -APN-DDMIP#MJ
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 2 pagina/s.
ANEXO II
FORMULARIO DE SOLICITUD DE APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO
(LEY N°24.937 (t.o.1999) Y SUS MODIF. ARTÍCULO 13)
(LEY N°24.937 (t.o.1999) Y SUS MODIF. ARTÍCULO 13)
FECHA DE PRESENTACIÓN ______/_______ /_______
PRIMER LLAMADO (ABRIL) □
SEGUNDO LLAMADO (SEPTIEMBRE) □
NOMBRE INSTITUCIÓN SOLICITANTE
(Facultad de Derecho, Instituto Universitario, Escuela Judicial)
.....................................................................................................
AUTORIDAD SOLICITANTE
.................................................... .......................................................
(Nombre) (Apellido)
....................................................
(Cargo)
NOMBRE DEL CURSO O CARRERA DE POSGRADO
..........................................................................................................
CARGA HORARIA
...............................................................
CANTIDAD DE MATERIAS
................................................................
PRESENTACIÓN DEL CURSO O CARRERA DE POSGRADO
Para completar la solicitud de aprobación deberá realizar la presentación del curso con la siguiente información:
1) Diagnóstico elaborado con datos empíricos u otra información donde identifique cuales considera que son los problemas de la justicia.
2) Una explicación respecto de la forma en la que el curso o carrera colabora para su solución.
3) Perspectiva pedagógica, criterios tenidos en cuenta para el diseño del programa de estudio, objetivos, bibliografía, metodología de evaluación, estructura de la propuesta, metodologías de enseñanza.
4) Listado de profesores que darán las clases con un CV abreviado que acredite la formación relevante para el dictado del curso y su vinculación con los contenidos que van a impartir, si tiene dedicación exclusiva a la actividad académica o la comparte con alguna otra profesión.
INFORMACIÓN SOBRE EL CURSO O CARRERA DE POSGRADO: Seleccione la/las opción/es que correspondan
Desarrolla destrezas profesionales □
Imparte contenidos de ética profesional □
Incorpora el uso de tecnologías de la información y comunicación □
______________________ _____________________ ________________________
Firma del solicitante Aclaración Sello de la institución
IF-2017-11861002-APN-DNRC AYSC#MJ
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Anexo
Número: IF-2017-11861002-APN-DNRCAYSC#MJ
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 16 de Junio de 2017
Viernes 16 de Junio de 2017
Referencia: EX-2016-01352565- -APN-DDMIP#MJ
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ANEXO III
FORMULARIO DE SOLICITUD DE PRÓRROGA DE LA APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO
(LEY N°24.937 (t.o.1999) y sus modif. artículo 13)
FORMULARIO DE SOLICITUD DE PRÓRROGA DE LA APROBACIÓN DE CURSOS O CARRERAS DE POSGRADO
(LEY N°24.937 (t.o.1999) y sus modif. artículo 13)
FECHA DE PRESENTACIÓN ________/________/____________
NOMBRE INSTITUCIÓN SOLICITANTE
(Facultad de Derecho, Instituto Universitario, Escuela Judicial)
..........................................................................................................................
AUTORIDAD SOLICITANTE
................................................................... ...................................................
(Nombre) (Apellido)
..................................................................
(Cargo)
NOMBRE DEL CURSO O CARRERA DE POSGRADO
..............................................................................................................................
CARGA HORARIA
....................................................
CANTIDAD DE MATERIAS
.....................................................
AÑO EN QUE EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS APROBÓ EL CURSO O CARRERA DE POSGRADO
...............................................................................
Para completar la solicitud de prórroga de ¡a aprobación deberá presentar la siguiente información:
1) Copia de la resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que aproo el curso o carrera de posgrado.
2) Un informe que indique si se realizaron cambios en el programa, contenidos u organización de los cursos y detalle en que consistieron dichas modificaciones para ser nuevamente aprobados por otro período igual al primero.
_____________________ _________________________ ________________________
Firma del solicitante Aclaración Sello de la Institución
IF-2017-11860962-APN-DNRCAYSC#MJ
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Anexo
Número: IF-2017-11860962-APN-DNRCAYSC#MJ
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 16 de Junio de 2017
Viernes 16 de Junio de 2017
Referencia: EX-2016-01352565- -APN-DDMIP#MJ
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 2 pagina/s.