MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO
DERECHO ANTIDUMPING - FIJASE
Resumen:
FIJASE PARA LAS OPERACIONES DE EXPORTACION HACIA LA REPUBLICA ARGENTINA UN DERECHO ANTIDUMPING AD VALOREM PROVISIONAL DEL CUARENTA Y UNO COMA SETENTA Y OCHO POR CIENTO (41,78%) PARA LAS OPERACIONES DE EXPORTACION HACIA LA REPUBLICA ARGENTINA DE “RUEDAS DE ACERO, DE DIAMETRO NOMINAL SUPERIOR O IGUAL A 444,5 MM (17,5”) PERO INFERIOR O IGUAL A 622,33 MM (24,5”) Y ANCHO NOMINAL SUPERIOR O IGUAL A 152,4 MM (6”), DE LOS TIPOS UTILIZADOS EN AUTOBUSES, CAMIONES, REMOLQUES Y SEMI-REMOLQUES”, ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA, MERCADERIA QUE CLASIFICA EN LAS POSICIONES ARANCELARIAS DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (N.C.M.) 8708.70.90 Y 8716.90.90.