MERCOSUR/GMC/RES. N° 59/06
SUB-ESTANDAR 3.7.12. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA MEDICAGO SATIVA (ALFALFA) SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR (DEROGACION DE LA RES. GMC N° 98/96)
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 06/96, 20/02 y 08/03 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 98/96, 57/01 y 52/02 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución GMC 98/96, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Medicago sativa (alfalfa), a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.
Que es necesario proceder a la actualización de los requisitos antes indicados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el "Sub-estándar 3.7.12. Requisitos Fitosanitarios para Medicago sativa (alfalfa) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes del MERCOSUR", que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los Organismos Nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:
Argentina: | Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA |
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA | |
Brasil: | Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA |
Secretaria de Defesa Agropecuária – SDA | |
Paraguay: | Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG |
Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE | |
Uruguay: | Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP |
Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA |
Art. 3 - Derogar la Resolución GMC N° 98/96.
Art. 4 - Los Estados Partes deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 23/V/2007.
LXV GMC Brasilia, 24/XI/06
SUB-ESTANDAR FITOSANITARIO MERCOSUR
SECCION III – MEDIDAS FITOSANITARIAS
3.7.12. Requisitos Fitosanitarios para Medicago sativa (alfalfa) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes del MERCOSUR
CONTENIDO
I. Introducción:
Ambito
Referencias
Definiciones y Abreviaturas
Descripción
II. Requisitos Fitosanitarios para Medicago sativa (alfalfa), según País de Destino y de Origen, para los Estados Partes del MERCOSUR.
I - INTRODUCCION
1.- AMBITO
Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional, para Medicago sativa (alfalfa).
2.- REFERENCIAS
- Estándar 3.7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales. 2da. Rev., octubre 2002, aprobado por Resolución GMC 52/02.
3.- DEFINICIONES Y ABREVIATURAS.
Las establecidas en el Estándar 3.7.
4.- DESCRIPCION
Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados y utilizados por las ONPFs de los Estados Partes del MERCOSUR, en el intercambio regional, para Medicago sativa (alfalfa), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.
II. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Medicago sativa (alfalfa), SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR.
II.12.A. | PAIS DE DESTINO: ARGENTINA |
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Medicago sativa
EXIGENCIAS CUARENTENARIAS
REQUISITOS SEGUN ORIGEN: