Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIM


Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

EXPORTACIONES A LA UNION EUROPEA

Resolución 582/2006

Distribúyense dos mil quinientas veinte toneladas de cortes enfriados vacunos sin hueso de alta calidad asignados a nuestro país por la Unión Europea, para el período comprendido entre el 1 de julio de 2006 y el 30 de junio de 2007.

Bs. As., 20/9/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0336558/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Decreto Nº 2284 de fecha 31 de octubre de 1991 modificado por su similar Nº 2488 de fecha 26 de noviembre de 1991, ambos ratificados por la Ley Nº 24.307, las Resoluciones Nros. 113 de fecha 22 de enero de 2004, modificada por su similar Nº 904 de fecha 28 de septiembre de 2004, 1111 de fecha 15 de octubre de 2004, modificada por su similar Nº 497 de fecha 30 de junio de 2005 y 26 de fecha 18 de enero de 2006, todas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 5º, inciso a) de la Resolución Nº 113 de fecha 22 de enero de 2004, sustituido por el Artículo 2º de la Resolución Nº 904 de fecha 28 de septiembre de 2004 ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se establece una reserva de DOS MIL QUINIENTAS VEINTE TONELADAS (2.520 t.), correspondiente al período 2006/2007, para los PROYECTOS CONJUNTOS ENTRE ASOCIACIONES DE CRIADORES Y/O GRUPOS DE PRODUCTORES DE RAZAS BOVINAS Y PLANTAS FRIGORIFICAS EXPORTADORAS.

Que por la Resolución Nº 1111 de fecha 15 de octubre de 2004, modificada por la Resolución Nº 497 de fecha 30 de junio de 2005 ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se reglamentan los criterios que deberán utilizarse para efectuar la evaluación de desempeño de los proyectos existentes, como así también la modalidad de selección y los requisitos de presentación de los nuevos proyectos.

Que por la Resolución Nº 26 de fecha 18 de enero de 2006 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se modifican los parámetros que deberán utilizarse para efectuar la distribución correspondiente al ejercicio considerado.

Que para el logro de uno de los objetivos fundamentales de la Autoridad de Aplicación, como lo es el de promover e incentivar los emprendimientos de grupos de productores y/o asociaciones, se torna prioritario brindar continuidad a las exportaciones de aquellos proyectos que resultaron adjudicatarios durante el período anterior, como así también incorporar a aquellos proyectos nuevos que hayan obtenido elevadas calificaciones, en aras de estimular las exportaciones del país y la libre competencia.

Que por ello, corresponde otorgar cuota a aquellos proyectos tanto existentes como nuevos, cuya evaluación de desempeño haya revelado un resultado satisfactorio durante el período considerado en la presente medida.

Que en este sentido, cabe tener presente que de acuerdo a lo normado en la citada Resolución Nº 1111/04 la evaluación de los mencionados proyectos conjuntos resulta competencia exclusiva del Tribunal de Evaluación y Selección de Proyectos previsto en dicha norma.

Que del acta agregada a fojas 21/38, surgen los parámetros tenidos en cuenta por el mencionado Tribunal y las evaluaciones de desempeño de los mencionados Proyectos Conjuntos sobre la actividad desarrollada por los mismos en el período comprendido entre el 1 de julio de 2005 y el 30 de junio de 2006.

Que a fojas 39/44 se agregan tanto el acta como la evaluación individual correspondiente a los nuevos proyectos.

Que el tonelaje a asignar a cada adjudicatario surge de los criterios volcados en el Informe Técnico Final efectuado por el mencionado Tribunal de Evaluación y Selección de Proyectos, que corre agregado como fojas 48/56.

Que asimismo, en dicho informe se detallan las compensaciones efectuadas respecto de los proyectos EXAL - LA PLATA LOIN; CARNES DE PRADERAS y AGRINTENSIVE S.A.

Que a fojas 45 mediante la Nota Nº S01:0065825/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se presenta la empresa MYT S.A. solicitando se la exima del cumplimiento de lo normado en el Artículo 11 de la citada Resolución Nº 1111/04 con fundamento en la existencia de diversas normas que la misma considera que modificaron la operatoria normal de las exportaciones.

Que sin perjuicio de que no se verifica el cumplimiento, por parte de la administrada de los requisitos contenidos en los Artículos 19 y 32 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991 y por aplicación del principio de informalismo a favor de los administrados, corresponde en esta instancia expedirse acerca de lo planteado por la empresa.

Que en este sentido, la administrada no prueba ni ofrece probar de manera idónea la imposibilidad de cumplir con lo normado por el Artículo 11 de la citada Resolución Nº 1111/04, sino que se limita a alegar de modo genérico, que existieron modificaciones en la operatoria de exportación, sin identificar la situación concreta que ameritaría establecer una excepción a su respecto.

Que en mérito a ello, y por aplicación del principio de la no inderogabilidad singular de los reglamentos, la petición efectuada debe ser desestimada.

Que corresponde convalidar las instrucciones cursadas por el mencionado Tribunal de Evaluación y Selección de Proyectos a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con respecto a la emisión de Certificados de Autenticidad para la exportación de la denominada "Cuota Hilton" por parte de los mencionados Proyectos Conjuntos.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 37 del Decreto Nº 2284 de fecha 31 de octubre de 1991 modificado por su similar Nº 2488 de fecha 26 de noviembre de 1991, ambos ratificados por la Ley Nº 24.307 y por el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003, modificado por su similar Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Desestímase la presentación efectuada por la firma MYT S.A. en estas actuaciones.

Art. 2º — Distribúyese la cantidad de DOS MIL QUINIENTAS VEINTE TONELADAS (2.520 t.) de cortes enfriados vacunos sin hueso de alta calidad asignados por la UNION EUROPEA a nuestro país, para el período comprendido entre el 1 de julio de 2006 y el 30 de junio de 2007, entre los PROYECTOS CONJUNTOS ENTRE ASOCIACIONES DE CRIADORES Y/O GRUPOS DE PRODUCTORES DE RAZAS BOVINAS Y PLANTAS FRIGORIFICAS EXPORTADORAS mencionados en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, conforme al tonelaje que en cada caso se indica.

Art. 3º — Del tonelaje establecido por el artículo precedente, DOS MIL TRESCIENTAS VEINTE TONELADAS (2.320 t.) se distribuyen entre los proyectos existentes y DOSCIENTAS TONELADAS

Art. 4º — Compénsanse la cantidad de UNA CON CUATROCIENTAS NOVENTA Y NUEVE TONELADAS (1,499 t.) y de UNA CON CERO SETENTA Y UNA TONELADAS (1,071 t.) a los proyectos EXAL - LA PLATA LOIN y CARNES DE PRADERAS, respectivamente y dedúcese la cantidad de SEIS CON CUATROCIENTAS CINCUENTA TONELADAS (6,450 t.) al proyecto AGRINTENSIVE S.A., todo ello por las consideraciones que se detallan en los apartados 1) a 3) del Informe Técnico Final obrante como fojas 48/56.

Art. 5º — Convalídanse las instrucciones cursadas por el Tribunal de Evaluación y Selección de Proyectos a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con respecto a la emisión de Certificados de Autenticidad para la exportación de la denominada "Cuota Hilton" por parte de los mencionados Proyectos Conjuntos.

Art. 6º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel S. Campos.

ANEXO

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