ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
TRANSENER S.A.
Resumen:
ESTABLECER QUE LA REMUNERACION MENSUAL A PERCIBIR POR “TRANSENER S.A.” POR LA OPERACION Y MANTENIMIENTO DE LOS REACTORES DE BARRAS INCORPORADOS EN LAS EE.TT. BAHIA BLANCA, CHOCON Y OLAVARRIA DE 150 MVAR EN EL MARCO DE LA RESOLUCION S.E. Nº 01/2003, QUE CUENTEN CON HABILITACION COMERCIAL, SERA DE PESOS OCHO MIL TREINTA Y TRES MAS IVA ($ 8.033 MAS IVA), IMPLICANDO UN VALOR DE PESOS SETENTA Y CUATRO MILESIMAS ($ 0,074) POR HORA POR MVAR DESDE EL 1 DE MAYO HASTA EL 31 DE MAYO DE 2009 INCLUSIVE Y DE PESOS OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MAS IVA ($ 8.396 MAS IVA), IMPLICANDO UN VALOR DE PESOS SETENTA Y OCHO MILESIMAS POR HORA Y POR MVAR ($ 0,078 MAS IVA) A PARTIR DEL 1º DE JUNIO DE 2009. ESTABLECER QUE EL REGIMEN DE CALIDAD DE SERVICIO Y SANCIONES SERA EL DETERMINADO EN EL CONTRATO DE CONCESION DE “TRANSENER S.A.” PARA INSTALACIONES DE IGUALES CARACTERISTICAS, APLICANDO PARA ELLO EL VALOR HORARIO DETERMINADO EN EL ARTICULO PRECEDENTE.