Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE SALUD


MINISTERIO DE SALUD

Resolución 578/2022

RESOL-2022-578-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 18/03/2022

VISTO el Expediente EX-2022-13230385-APN-DNCSSYRS#MS, la Resolución MS Nº 1230/2008, Resolución MS Nº 226/2009, la Resolución MS N° 689/2009, la Resolución MS Nº 2207/2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Ministerial Nº 1230 de fecha 28 de octubre de 2008 se aprobó la creación del COMITÉ DEL RÉGIMEN DE HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA en el ámbito de la entonces SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS DEL MINISTERIO DE SALUD.

Que el COMITÉ tiene por objeto mantener actualizado el Nomenclador de Prestaciones de Salud del Hospital Público de Gestión Descentralizada en lo que respecta a los valores correspondientes a las prestaciones que integran el mencionado Régimen, así como la incorporación o substitución de módulos, conforme tecnologías novedosas o el más eficaz reagrupamiento de las prestaciones.

Que de acuerdo con los términos del artículo 4º de dicho acto administrativo, el citado Comité sería presidido por el titular de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS y estaría integrado por UN (1) representante titular y UNO (1) alterno a propuesta de la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y por UN (1) representante titular y UNO (1) alterno a propuesta de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que mediante la Resolución Ministerial Nº 226 de fecha 6 de marzo de 2009 se amplió la integración de dicho Comité con la incorporación de UN (1) representante titular y DOS (2) alternos del Consejo Federal de Salud (COFESA) y UN (1) representante titular y DOS (2) alternos del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJyP).

Que a través de las resoluciones N° 689/2009 y Nº 2207/2010 se aprobó la integración del COMITÉ DEL REGIMEN DE HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA.

Que en función del tiempo transcurrido, para facilitar su funcionamiento y la actualización de sus representaciones corresponde actualizar este Comité y desvincular su integración a cargos específicos que pueden ser modificados por cambios de estructura y permitir una mejor dinámica en su funcionamiento.

Que en ese sentido se propone la derogación de las resoluciones N° 689/2009 y Nº 2207/2010 y la conformación de un nuevo Comité que estará integrado por los titulares de los organismos o quienes éstos determinen en su lugar.

Que en la reunión del Consejo Federal de Salud (COFESA) del 9 de febrero de 2022 se definió la integración de la representación del mismo estableciendo como representante titular al MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN, y como representantes alternos a los MINISTERIOS DE SALUD DE LA PROVINCIA DE CHUBUT y de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que los integrantes del Comité se desempeñarán en forma honoraria y sin perjuicio de las tareas propias de sus respectivos cargos, no importando ello erogación fiscal alguna.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA ha propiciado el presente proyecto.

Que la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD han prestado conformidad.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/1992), sus complementarias y modificatorias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase la integración del COMITÉ DEL REGIMEN DE HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA que se conformará de acuerdo a lo que se determina en el Anexo I (IF-2022- 12057601-APN-DMCYSP#MS) que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2º.- Los integrantes del Comité se desempeñarán en forma honoraria y sin perjuicio de las tareas propias de sus respectivos cargos, no importando ello erogación fiscal alguna.

Artículo 3º.- Deróguense las resoluciones N° 689/2009 y Nº 2207/2010.

Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y Archívese.

Carla Vizzotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/03/2022 N° 16477/22 v. 21/03/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
Scroll hacia arriba