MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución 57/2014
Bs. As., 25/9/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0538601/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 334 de fecha 12 de mayo de 2009 de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se autorizó el ingreso al MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) de la Empresa ENERGIA PROVINCIAL - SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.), como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA. (MEM), por la CENTRAL HIDROELECTRICA LOS CARACOLES de CIENTO VEINTICINCO COMA VEINTE MEGAVATIOS (125,20 MW).
Que el Artículo 2° del referido acto condicionaba la vigencia de la autorización otorgada a la celebración del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del Artículo 14 de la Ley Nº 15.336, texto conforme al Artículo 89 de la Ley Nº 24.065, antes del 31 de diciembre de 2011.
Que con posterioridad se ha dispuesto una prórroga a la autorización otorgada para actuar como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), concedida por medio de la Resolución Nº 968 de fecha 4 de julio de 2012 de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley Nº 15.336.
Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2016.
Que la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA han tomado la intervención que les compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 37 de la Ley Nº 15.336 y de los artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorízase la postergación de la fecha límite definida en el Artículo 1° de la Resolución Nº 968 de fecha 4 de julio de 2012 de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, quedando la Empresa ENERGIA PROVINCIAL - SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.), habilitada para actuar con carácter provisorio como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL HIDROELECTRICA LOS CARACOLES hasta el 31 de diciembre 2016.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 808/2017 de la Secretaría de Energía Electrica B.O. 26/09/2017 se autoriza la postergación de la fecha límite definida en el presente artículo hasta el 31 de diciembre de 2020)
ARTICULO 2° — Notifíquese a la Empresa ENERGIA PROVINCIAL - SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.), a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA (DISTROCUYO S.A).
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución 57/2014
Bs. As., 25/9/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0538601/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 334 de fecha 12 de mayo de 2009 de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se autorizó el ingreso al MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) de la Empresa ENERGIA PROVINCIAL - SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.), como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA. (MEM), por la CENTRAL HIDROELECTRICA LOS CARACOLES de CIENTO VEINTICINCO COMA VEINTE MEGAVATIOS (125,20 MW).
Que el Artículo 2° del referido acto condicionaba la vigencia de la autorización otorgada a la celebración del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del Artículo 14 de la Ley Nº 15.336, texto conforme al Artículo 89 de la Ley Nº 24.065, antes del 31 de diciembre de 2011.
Que con posterioridad se ha dispuesto una prórroga a la autorización otorgada para actuar como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), concedida por medio de la Resolución Nº 968 de fecha 4 de julio de 2012 de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley Nº 15.336.
Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2016.
Que la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA han tomado la intervención que les compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 37 de la Ley Nº 15.336 y de los artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorízase la postergación de la fecha límite definida en el Artículo 1° de la Resolución Nº 968 de fecha 4 de julio de 2012 de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, quedando la Empresa ENERGIA PROVINCIAL - SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.), habilitada para actuar con carácter provisorio como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL HIDROELECTRICA LOS CARACOLES hasta el 31 de diciembre 2016.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 808/2017 de la Secretaría de Energía Electrica B.O. 26/09/2017 se autoriza la postergación de la fecha límite definida en el presente artículo hasta el 31 de diciembre de 2020)
ARTICULO 2° — Notifíquese a la Empresa ENERGIA PROVINCIAL - SOCIEDAD DEL ESTADO (E.P.S.E.), a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA (DISTROCUYO S.A).
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.
e. 01/10/2014 Nº 73313/14 v. 01/10/2014