ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
PLAZO - PRORROGA
Resumen:
PRORROGAR HASTA EL 1° DE ENERO DE 2019 EL PLAZO DE INICIO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE RADIODIFUSION POR SUSCRIPCION POR VINCULO FISICO O RADIOELECTRICO POR PARTE DE LOS LICENCIATARIOS REFERIDOS EN EL ARTICULO 94 DE LA LEY N° 27.078, EN TODAS AQUELLAS LOCALIDADES DEL PAIS NO COMPRENDIDAS EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 5° DEL DECRETO N° 1.340/16, QUE CUENTEN CON MENOS DE 80.000 HABITANTES. PRORROGAR HASTA EL 1° DE ENERO DE 2019 EL PLAZO DE INICIO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE RADIODIFUSION POR SUSCRIPCION POR VINCULO FISICO O RADIOELECTRICO POR PARTE DE LOS LICENCIATARIOS REFERIDOS EN EL ARTICULO 94 DE LA LEY N° 27.078, EN TODAS AQUELLAS LOCALIDADES DEL PAIS NO COMPRENDIDAS EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 5° DEL DECRETO N° 1.340/16, QUE CUENTEN CON MAS DE 80.000 HABITANTES, DONDE EL SERVICIO SEA PRESTADO UNICAMENTE POR COOPERATIVAS Y PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS.
Observaciones:
RATIFICADA POR LA RESOLUCION 5643-E/2017 DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, B.O. 22/12/2017, PAGINA 74.