Presidencia de la Nación

Resolución GENERAL 5546 / 2024

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Ley 24977

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 06-Jul-1998 Descripción
APROBACION - DISPOSICIONES PRELIMINARES

APROBACION. DISPOSICIONES PRELIMINARES. DEFINICION DE PEQUEÑO CONTRIBUYENTE. REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES AGROPECUARIOS. REGIMEN ESPECIAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. OTRAS DISPOSICIONES. LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, TEXTO ORDENADO EN 1997 Y SU MODIFICATORIA. MODIFICACION DEL ARTICULO 29. VIGENCIA. ( MONOTRIBUTO ). (VER NOTA EXTERNA AFIP NRO. 4/2000 - BO 17/4/2000, PAG. 11, ACLARATORIA DE LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACIONES JURADAS)

Normativa / Número Resolución GENERAL 4309 / 2018

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Fecha publicación 19-Sep-2018 Descripción
REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES

REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (RS). RESOLUCION GENERAL N° 2.746, SUS MODIFICATORIAS Y SUS COMPLEMENTARIAS. SU SUSTITUCION. DEJANSE SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES GENERALES N° 2.496, N° 2.746, N° 2.760, N° 2.819, N° 2.847, N° 3.328, N° 3.334, N° 3.529, N° 3.533, N° 3.640, N° 3.653, N° 3.845, N° 3.866, N° 3.982, N° 3.990, N° 4.063, N° 4.103, N° 4.104, N° 4.119 Y N° 4.134.

Normativa / Número Ley 27737

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 17-Oct-2023 Descripción
MODIFICACION

SUSTITUYANSE LOS ARTICULOS 1.198, 1.199, 1.201, 1.221 DEL CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION, SEGUN LA MODIFICACION INTRODUCIDA POR EL ARTICULO 3° DE LA LEY 27.551.Y OTRAS MODIFICACIONES.

Normativa / Número Ley 27743

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 08-Jul-2024 Descripción
DISPOSICIONES

CREASE EL REGIMEN DE REGULARIZACION DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, ADUANERAS Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL CON EL FIN DE LOGRAR EL PAGO VOLUNTARIO DE LAS OBLIGACIONES QUE EN EL PRESENTE TITULO SE DETALLAN. EN ESTE MARCO, SE PREVE LA POSIBILIDAD DE QUE LOS CONTRIBUYENTES Y RESPONSABLES SE ACOJAN AL REGIMEN, OBTENIENDO DISTINTOS BENEFICIOS SEGUN LA MODALIDAD DE LA ADHESION Y EL TIPO DE DEUDA QUE REGISTREN.

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