ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES. BENEFICIO A CONTRIBUYENTES CUMPLIDORES INSCRIPTOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
29-Jul-2024
Resumen:
A FIN DE ACCEDER AL BENEFICIO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 64 Y 65 DE LA LEY N° 27.743, LOS CONTRIBUYENTES Y RESPONSABLES DEL IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES QUE REVISTAN LA CONDICION DE “CUMPLIDORES” EN LOS TERMINOS DE DICHAS NORMAS, DEBERAN OBSERVAR LAS CONDICIONES, LOS REQUISITOS Y EL PROCEDIMIENTO QUE SE ESTABLECEN EN LA PRESENTE RESOLUCION.