Presidencia de la Nación

Resolución 55 / 2024

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.)


INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

ELABORADOR DE VINO CASERO

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 11-Nov-2024
Resumen:

ENTIENDASE POR “ELABORADOR DE VINO CASERO”, A LA PERSONA HUMANA O JURIDICA INSCRIPTA ANTE EL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTUTA (INV) QUE EFECTUE UNA ELABORACION QUE NO EXCEDA ANUALMENTE LOS DOCE MIL LITROS (12.000 L.) DE VINO, EN UN LOCAL HABILITADO PARA TAL EFECTO. DEROGANSE LAS RESOLUCIONES NROS. 34 DEL 10 DE FEBRERO DE 2017 Y 104 DEL 8 DE JUNIO DE 2017.

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