INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS
CODIFICACION DE UBICACION GEOGRAFICA DE DATOS
Resumen:
DEJASE SIN EFECTO LAS DISPOSICIONES NROS. 3 DE FECHA 3 DE FEBRERO DE 1988, 1 DE FECHA 21 DE ENERO DE 1991, 7 DE FECHA 6 DE MAYO DE 1991, 16 DE FECHA 16 DE AGOSTO DE 1991, 82 DE FECHA 12 DE JULIO DE 1994, 84 DE FECHA 5 DE MARZO DE 1996, 310 DE FECHA 22 DE JULIO DE 2011 Y LA RESOLUCION N° 77 DE FECHA 13 DE ABRIL DE 2018 TODAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS. EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS Y LOS SERVICIOS ESTADISTICOS CENTRALES DEBERAN UTILIZAR EN LA CODIFICACION DE UBICACION GEOGRAFICA DE DATOS PROVENIENTES DE CENSOS, ENCUESTAS Y ESTADISTICAS PERMANENTES, LA BASE NUMERICA DE DOS (2) DIGITOS, QUE IDENTIFICAN A LA PROVINCIA Y CIUDAD DE BUENOS AIRES (DIVISION POLITICO-TERRITORIAL) DE LA REPUBLICA ARGENTINA, QUE SE DETALLAN EN EL ANEXO I.
Observaciones:
LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - DISPOSICION 7/1991 DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.