Presidencia de la Nación

Resolución 543 / 2018

SECRETARIA DE GOBIERNO DE SALUD


MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

ELACOM S.R.L.

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 23-Nov-2018
Resumen:

HACESE LUGAR A LA EXCEPCION AL CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 3º DE LA LEY 25.630, SOLICITADA POR LA FIRMA “ELACOM S.R.L.”, RNE Nº 16-000212, CON DOMICILIO LEGAL CONSTITUIDO A ESTOS EFECTOS EN GALLARDO Nº 1402, SAN CARLOS DE BARILOCHE, PROVINCIA DE RIO NEGRO, AUTORIZANDOLA A ELABORAR, CON EMPLEO DE HARINA SIN ENRIQUECER, DE ACUERDO CON LA MENCIONADA LEY Y SU DECRETO REGLAMENTARIO Nº 597/03, LOS PRODUCTOS:, HA SOLICITADO LA EXCEPCION PARA QUE LOS PRODUCTOS: PASTA FRESCA CONGELADA (SORRENTINOS, AGNLOTTIS, CAPELETTIS, PANZOTTIS) RELLENA CON MOZZARELLA, TOMATE FRESCO Y ALBAHACA - MARCA AL PURO HUEVO – RNPA N°: 16-010019; PASTA FRESCA CONGELADA (RAVIOLES, RAVIOLONES, SORRENTINOS, AGNLOTTIS, CAPELETTIS, PANZOTTIS) RELLENA CON RICOTA Y HONGOS DESHIDRATADOS, SABORIZADAS CON ACEITE SABOR A TRUFA - MARCA AL PURO HUEVO – RNPA N°: 16-010018; Y OTROS.

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