DEFENSA DEL CONSUMIDOR
MEDICINA PREPAGA - VALOR DE CUOTA MENSUAL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
27-Abr-2000
Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS PRESTADORES DE LOS SERVICIOS DE MEDICINA PREPAGA DEBERAN INFORMAR PERIODICAMENTE EL VALOR TOTAL DE LA CUOTA MENSUAL QUE PERCIBEN POR LA PRESTACION DEL SERVICIO.-
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 51/2024 DE LA SECRETARIA DE COMERCIO, B.O. 29/01/2024, PAGINA 17. VIGENCIA: A PARTIR DEL 30 DE ENERO DE 2024.