SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
Resolución 524/2005
Habilítase el Registro de Organismos No Gubernamentales y Gubernamentales en el Area de Drogadependencia.
Bs. As., 7/4/2005
VISTO el Decreto Nº 1341/02 y la Ley Nº 23.737, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 1341/02 aprueba la estructura organizativa de primer nivel operativo de esta Secretaría de Estado.
Que del Organigrama de dicha estructura surge la Dirección Nacional de Asistencia y una de las acciones que tiene a su cargo es "Ampliar y mantener actualizado el Registro Nacional de Instituciones ligadas a la problemática del uso indebido de drogas y alcohol".
Que la Ley Nº 23.737 regula el régimen penal de estupefacientes, estableciendo en sus Artículos Nros. 16, 17 y 18 la medida de seguridad curativa, consistente en tratamiento de desintoxicación y rehabilitación para las personas que cometieran los delitos tipificados por dichos Artículos y que sean adictos a sustancias psicoactivas.
Que por la mencionada Ley se impone que dichas medidas de seguridad "se llevarán a cabo a través de establecimientos adecuados que el tribunal determine de una lista de Instituciones… registradas oficialmente"
Que por el Artículo 3º de la Resolución Conjunta Nº 361/97 y 153/97 (M.S.A.S y SE.DRO.NAR.) se resuelve que el Registro de Organismos No Gubernamentales y Gubernamentales en el Area de Drogadependencia funcionará en el ámbito de esta Secretaría de Estado.
Que por el Artículo 4º de la mencionada Resolución Conjunta se resuelve que todos los ORGANISMOS que presten servicios en el Area de Drogadependencia, deberán inscribirse en el Registro mencionado a fin de ser incluidos en un Listado Oficial, en orden a lo previsto por el Artículo 19 de la Ley Nº 23.737.
Que el señor Secretario de Estado en uso de sus facultades atribuidas por el Decreto Nº 1341/02 y el Decreto Nº 1759/72 reglamentario de la Ley Nº 19.549, y motivado en la evidenciada situación de anormalidad en que funcionaba el Registro Nacional de Instituciones, dispuso la intervención de la mencionada área, mediante Resolución SE.DRO.NAR. Nº 474 de fecha 22 de marzo de 2005, con la finalidad de reorganizarlo, regularizarlo, redimensionarlo y controlarlo.
Que en virtud de dicha Intervención se advirtió que la actuación del Registro Nacional de Instituciones se limitó a aglutinar la información presentada por las Instituciones en un listado en soporte magnético, sin documentación respaldatoria que permita inferir la verdadera existencia de un Registro de Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales, que emita información legalmente confiable.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete conforme a sus atribuciones.
Que la presente se dicta en uso de las facultades atribuidas por el Decreto Nº 1341/02.
Por ello,
EL SECRETARIO DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1º — Habilítase el Registro de Organismos No Gubernamentales y Gubernamentales en el Area de Drogadependencia, que funcionará en el ámbito del Registro Nacional de Instituciones de esta Secretaría de Estado, cuya función será la registración documental de los ORGANISMOS indicados en los Considerandos de la presente.
Art. 2º — Asígnasele a la Intervención del Registro Nacional de Instituciones, la función de diseñar el mecanismo de implementación del Registro habilitado en el Artículo anterior y la actualización de datos de los ORGANISMOS a los que alcanza la medida ordenada.
Art. 3º — Otórgase a los ORGANISMOS registrados el correspondiente Certificado de Inscripción en el Registro de Organismos No Gubernamentales y Gubernamentales, que será suscripto por el Señor Secretario de Estado y por el Responsable del mencionado Registro.
Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — José R. Granero.