ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 52/2019
RESFC-2019-52-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 27/02/2019
VISTO el Expediente EX-2019-01667032-APN-DGA#APNAC del registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 22.351, 25.164 y 27.467, el Decreto Nº 1.455 de fecha 3 de septiembre de 1987, y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nº 1.666 de fecha 5 de octubre de 2018 y 12 de fecha 10 de enero de 2019, las Resoluciones RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016, RESFC-2017-16-E-APN-D#APNAC de fecha 16 de enero de 2017 y RESFC-2019-16-APN-D#APNAC de fecha 23 de enero de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.
Que conforme la Decisión Administrativa Nº 12 de fecha 10 de enero de 2019 se procedió a distribuir el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.
Que por la Decisión Administrativa Nº 1.666 de fecha 5 de octubre de 2018, se exceptuó a esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, Organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 27.431, al solo efecto de posibilitar la cobertura de CUARENTA Y SIETE (47) cargos vacantes y financiados correspondientes al Agrupamiento del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, Categoría G-2, Guardaparque Asistente.
Que, en consecuencia, mediante la Resolución RESFC-2018-573-APN-D#APNAC de fecha 24 de octubre de 2018, se convocó al proceso de selección y llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de SESENTA (60) cargos vacantes y financiados de la categoría Guardaparque Asistente del AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, PROMOCIÓN XXX.
Que, en virtud de lo actuado por el Comité de Selección designado para dicha Promoción, quedaron seleccionados DIECINUEVE (19) postulantes en dicho proceso.
Que con la finalidad de continuar con el proceso de incorporación de personal Guardaparque a las diversas Áreas Protegidas, se realizó un nuevo llamado a convocatoria al proceso de selección y llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de CUARENTA Y UN (41) vacantes para Guardaparque Asistente del AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, a través de la Resolución RESFC-2019-16-APN-D#APNAC.
Que conforme el Artículo 6º de la Resolución precitada, se designó a los integrantes del Comité de Selección y al Secretario Técnico que figuran en el Anexo VI, obrante como documento IF-2019-03873435-APN-DCYD#APNAC, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 8° del Reglamento aprobado por la Resolución RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016.
Que mediante Nota NO-2019-05473198-APN-ONEP#JGM de fecha 28 de enero de 2019 se informaron los datos de los representantes de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN que serán miembros del Comité de Selección, por lo que corresponde rectificar el ANEXO VI, IF-2019-03873435-APN-DCYD#APNAC, de la Resolución RESFC-2019-16-APN-D#APNAC.
Que, por otra parte, la Coordinación de Capacitación ha informado a la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera, los especialistas externos que serán convocados para actuar en dicho Comité, a través de la Nota NO-2019-06219357-DCYD#APNAC.
Que, en tal sentido, la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera, dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos, ha procedido a confeccionar el nuevo Anexo VI, el cual obra como documento IF-2019-06227733-APN-DCYD#APNAC.
Que las Direcciones Generales de Recursos Humanos y Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos i) y v), de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rectifícase el Anexo VI, IF-2019-03873435-APN-DCYD#APNAC, de la Resolución RESFC-2019-16-APN-D#APNAC, a través del documento IF-2019-06227733-APN-DCYD#APNAC.
ARTÍCULO 2º.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones se notifique en legal forma a la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN), a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), al INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES, dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las actuaciones a la Dirección General de Recursos Humanos a sus efectos.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Gimenez Tournier - Pablo Federico Galli Villafañe - Gerardo Sergio Bianchi - Emiliano Ezcurra Estrada
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
Resolución 52/2019
RESFC-2019-52-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 27/02/2019
VISTO el Expediente EX-2019-01667032-APN-DGA#APNAC del registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 22.351, 25.164 y 27.467, el Decreto Nº 1.455 de fecha 3 de septiembre de 1987, y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nº 1.666 de fecha 5 de octubre de 2018 y 12 de fecha 10 de enero de 2019, las Resoluciones RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016, RESFC-2017-16-E-APN-D#APNAC de fecha 16 de enero de 2017 y RESFC-2019-16-APN-D#APNAC de fecha 23 de enero de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.
Que conforme la Decisión Administrativa Nº 12 de fecha 10 de enero de 2019 se procedió a distribuir el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.
Que por la Decisión Administrativa Nº 1.666 de fecha 5 de octubre de 2018, se exceptuó a esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, Organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 27.431, al solo efecto de posibilitar la cobertura de CUARENTA Y SIETE (47) cargos vacantes y financiados correspondientes al Agrupamiento del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, Categoría G-2, Guardaparque Asistente.
Que, en consecuencia, mediante la Resolución RESFC-2018-573-APN-D#APNAC de fecha 24 de octubre de 2018, se convocó al proceso de selección y llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de SESENTA (60) cargos vacantes y financiados de la categoría Guardaparque Asistente del AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, PROMOCIÓN XXX.
Que, en virtud de lo actuado por el Comité de Selección designado para dicha Promoción, quedaron seleccionados DIECINUEVE (19) postulantes en dicho proceso.
Que con la finalidad de continuar con el proceso de incorporación de personal Guardaparque a las diversas Áreas Protegidas, se realizó un nuevo llamado a convocatoria al proceso de selección y llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de CUARENTA Y UN (41) vacantes para Guardaparque Asistente del AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, a través de la Resolución RESFC-2019-16-APN-D#APNAC.
Que conforme el Artículo 6º de la Resolución precitada, se designó a los integrantes del Comité de Selección y al Secretario Técnico que figuran en el Anexo VI, obrante como documento IF-2019-03873435-APN-DCYD#APNAC, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 8° del Reglamento aprobado por la Resolución RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016.
Que mediante Nota NO-2019-05473198-APN-ONEP#JGM de fecha 28 de enero de 2019 se informaron los datos de los representantes de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN que serán miembros del Comité de Selección, por lo que corresponde rectificar el ANEXO VI, IF-2019-03873435-APN-DCYD#APNAC, de la Resolución RESFC-2019-16-APN-D#APNAC.
Que, por otra parte, la Coordinación de Capacitación ha informado a la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera, los especialistas externos que serán convocados para actuar en dicho Comité, a través de la Nota NO-2019-06219357-DCYD#APNAC.
Que, en tal sentido, la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera, dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos, ha procedido a confeccionar el nuevo Anexo VI, el cual obra como documento IF-2019-06227733-APN-DCYD#APNAC.
Que las Direcciones Generales de Recursos Humanos y Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos i) y v), de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rectifícase el Anexo VI, IF-2019-03873435-APN-DCYD#APNAC, de la Resolución RESFC-2019-16-APN-D#APNAC, a través del documento IF-2019-06227733-APN-DCYD#APNAC.
ARTÍCULO 2º.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones se notifique en legal forma a la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN), a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), al INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES, dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las actuaciones a la Dirección General de Recursos Humanos a sus efectos.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Gimenez Tournier - Pablo Federico Galli Villafañe - Gerardo Sergio Bianchi - Emiliano Ezcurra Estrada
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/03/2019 N° 12715/19 v. 01/03/2019
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
(Anexo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 32/2020 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 20/02/2020)