MERCOSUR
SUB-ESTANDAR 3.7.1 REQUISITO FITOSANITARIO PARA ALLIUM CEPA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
22-Feb-2007
Resumen:
APROBAR EL “SUB-ESTANDAR 3. 7. 1. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA ALLIUM CEPA (CEBOLLA) SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR”, QUE FIGURA COMO ANEXO Y FORMA PARTE DE LA PRESENTE RESOLUCION. ABROGASE LA RESOLUCION GMC 89/96.
Observaciones:
INCORPORADA AL ORDENAMIENTO JURIDICO POR ART. 2° DE LA RESOLUCION 588/2008 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, B.O. 24/07/2008. SE PUBLICA NUEVAMENTE EN BOLETIN OFICIAL, CON SUS ANEXOS, COMO ANEXO DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA. ABROGADA POR EL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCION 8/2009 DEL GRUPO MERCADO COMUN, B.O. 29/06/2010, PAGINA 12.