Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE TRABAJO


Secretaría de Trabajo

ACTIVIDADES PORTUARIAS

Resolución 513/2011

Apruébanse los modelos de formularios a utilizar en las acciones de fiscalización del trabajo portuario, marítimo, fluvial, aéreo y lacustre.

Bs. As., 20/5/2011

VISTO el Expediente Nº 1.414.353/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nº 22.520, Nº 20.094 y Nº 24.093, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 23, inciso 11, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modificatorias, faculta a este Ministerio a efectuar las fiscalizaciones del cumplimiento de las normativas laborales de los regímenes de trabajo portuario y del transporte terrestre, aéreo, marítimo, fluvial y otros regímenes especiales del trabajo.

Que el artículo 21 de la Ley de Puertos Nº 24.093, establece que todos los puertos comprendidos en la presente Ley están sometidos a los controles de las autoridades nacionales competentes, conforme a las Leyes respectivas, incluida entre otras la legislación laboral, de negociación colectiva y las normas referentes a la navegación y al transporte por agua.

Que el artículo 8º de la Ley de Navegación Nº 20.094, establece que las aguas navegables de la Nación que sirvan al tráfico y tránsito interjurisdiccional por agua, los puertos y cualesquiera otras obras públicas construidas o consagradas a esa finalidad, son bienes públicos destinados a la navegación y sujetos a la jurisdicción nacional.

Que en consecuencia y a efectos de optimizar la fiscalización del trabajo portuario, marítimo, fluvial, aéreo y lacustre resulta necesario aprobar los instrumentos actuariales correspondientes.

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 628/05.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébanse los modelos de formularios a utilizar en las acciones de fiscalización que se realicen en ejercicio de las facultades conferidas por la Leyes N° 22.520, Nº 20.094 y Nº 24.093 que como Anexos I, II, III y IV forman parte de la presente Resolución.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Noemí Rial.

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

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