Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE HACIENDA


Secretaría de Hacienda

BONOS

Resolución 504/97

Apruébase la concertación de una operación de venta presente y compra futura de pasivos del Tesoro Nacional con 'Bonos Externos Globales de la República Argentina 8,375 % Vencimiento 2003', 'Bonos Externos Globales de la República Argentina 10,95 % Vencimiento 1999', Bono Argentina Vencimiento 1998 y Bonos de Consolidación Previsional en Dólares Estadounidenses Primera y Segunda Serie, en los términos del artículo 46 de la Ley Nº 11.672.

Bs. As., 26/11/97

VISTO, el artículo 46 de la Ley Nº 11.672. 'Ley Complementaria Permanente de Presupuesto' (T.O. 1996) con la modificación introducida por el artículo 8º de la Ley Nº 24.764 del 28 de Enero de 1997 y,

CONSIDERANDO:

Que resulta conveniente que la REPUBLICA ARGENTINA pueda aprovechar eventuales circunstancias en los mercados financieros internacionales para efectuar operaciones de compra y venta de pasivos del TESORO NACIONAL.

Que mediante el artículo 46 de la Ley Nº 11.672 -Ley Complementaria Permanente de Presupuesto (T.O. 1996) con la modificación introducida por el artículo 8º de la Ley Nº 24.764, se autorizó a la SECRETARIA DE HACIENDA a realizar operaciones de compra y venta de los pasivos del TESORO NACIONAL operaciones de pase, opciones, conversiones y cualquier otra operación financiera habitual en los mercados de productos derivados cualquiera sea el instrumento que las exprese.

Que asimismo, por el precitado artículo se exceptuó a la SECRETARIA DE HACIENDA de las disposiciones del Capitulo VI -de las Contrataciones- del Decreto Ley Nº 23.354 y sus modificatorias.

Que mediante Decreto Nº 1386 de fecha 11 de Agosto de 1994 se autorizó a la REPUBLICA ARGENTINA, en los contratos que suscriba, la inclusión de cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales estaduales y federales de NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y la renuncia a oponer la defensa de la inmunidad soberana, con las salvedades expresadas en la Ley Nº 23.928.

Que se ha recibido una propuesta para realizar una operación de venta presente y compra futura con -BONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA 8,375 % VENCIMIENTO 2003', 'BONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA 10,95%VENCIMIENTO 1999', BONO ARGENTINA VENCIMIENTO 1998, BONOS DE CONSOLIDACION PREVISIONAL EN DOLARES ESTADOUNIDENSES PRIMERA SERIE Y BONOS DE CONSOLIDACION PREVISIONAL EN DOLARES ESTADOUNIDENSES SEGUNDA SERIE.

Que parte de dicha cartera corresponde a tenencias de la Administración Nacional de la Seguridad Social cuyo producido será puesta a disposición del precitado organismo.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto se encuentra autorizado para el dictado de la presente de acuerdo a lo establecido por el artículo 46 de la Ley Nº 11.672 'Ley Complementaria Permanente de Presupuesto' (T.0.1996) con la modificación introducida por el artículo 8º de la Ley Nº 24.764.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º-Apruébase en los términos del artículo 46 de la Ley Nº 11.672 'Ley Complementaria Permanente de Presupuesto' (T.O. 1996) con la modificación introducida por el artículo 8º de la Ley Nº 24.764 la concertación de una operación de venta presente y compra futura de pasivos del TESORO NACIONAL con 'BONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA 8,375 % VENCIMIENTO 2003' por hasta un monto equivalente a VALOR NOMINAL ORIGINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL (V.N.O.u$s 224.800.000), 'BONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA 10,95 % VENCIMIENTO 1999' por hasta un monto equivalente a VALOR NOMINAL ORIGINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES NOVENTAY DOS MILLONES CIEN MIL (V.N.O.u$s 92.100.000), BONO ARGENTINA VENCIMIENTO 1998 por hasta un monto equivalente a VALOR NOMINAL ORIGINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL (V.N.O. u$s 154.311.000), BONOS DE CONSOLIDACION PREVISIONAL EN DOLARES ESTADOUNIDENSES PRIMERA SERIE por hasta un monto equivalente a VALOR NOMINAL ORIGINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CUARENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTE (V.N.O. u$s 142.805.320) y BONOS DE CONSOLIDACION PREVISIONAL EN DOLARES ESTADOUNIDENSES SEGUNDA SERIE por hasta un monto equivalente a VALOR NOMINAL ORIGINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL NOVENTA Y TRES (V.N.O. u$s 13.980.093).

Art. 2º-Autorízase a la Representante Financiera en la Ciudad de WASHINGTON D.C. de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Lic. Noemi LA GRECA, o al Lic. Federico Carlos MOLINA, a actuar como funcionarios autorizados y a suscribir en forma indistinta toda la documentación necesaria para implementar la operación sustancialmente acorde con lo aprobado por el articulo 1º y 2º de la presente Resolución.

Art 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Pablo E. Guidotti.

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