COMPETITIVIDAD
TRANSPORTE PUBLICO POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
16-Oct-2001
Resumen:
CONDICIONES PARA ACCEDER A LOS BENEFICIOS ESTABLECIDOS POR EL DECRETO NRO. 730/2001, EN EL CASO DE EMPRESAS CON ACTIVIDAD EN EL TRANSPORTE PUBLICO AUTOMOTOR DE PASAJEROS, COMO ASI TAMBIEN LOS TRANSPORTISTAS DE JURISDICCION PROVINCIAL Y/O MUNICIPAL, SIEMPRE QUE SU PERSONAL SE ENCUADRE EN EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO NRO. 460/73 Y DEMAS CONVENIOS COLECTIVOS QUE INCLUYAN AL PERSONAL DE SERVICIOS PUBLICOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS.