Presidencia de la Nación

AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

Resolución 5/2017

Buenos Aires, 03/02/2017

VISTO el Expediente EX -2017-01309840-APN-DNAAJYM#ANMAC del Registro de ésta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, las Leyes Nros. 20.429, 24.492, 27.192; los Decretos Nros. 395 del 20 de febrero de 1975; 302 del 8 de febrero de 1983; 252 del 16 de febrero de 1994; 821 del 23 de julio de 1996; 1023 del 13 de agosto de 2001; 1030 del 15 de septiembre de 2016; las Resoluciones ANMAC Nros. 13 del 13 de setiembre de 2016; 23 del 22 de noviembre de 2016, 1 del 16 de enero de 2017 y

CONSIDERANDO:

Que ante la falta de procedimientos y controles adecuados en cuestiones inherentes a la seguridad de las personas y de la sociedad toda, ésta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, dictó la Resolución ANMaC N° 13/16, por la que se dispuso dar inicio al Plan Integral de Modernización del organismo, a los fines de lograr alcanzar los objetivos para los que fue concebida.

Que en ese marco, se emitió la Resolución ANMaC N° 23/16, por la que se dispuso la creación del Sistema Único de Emisión de Certificados Psicofísicos para acceder a la condición de legítimo usuario, aprobándose los lineamientos mínimos del sistema, supeditándose su complementación al proceso de selección, la aprobación del pliego pertinente y la normativa necesaria para su implementación.

Que por dicha resolución se dispuso también que los certificados de acreditación de la condición psicofísica de los solicitantes fueran expedidos por un único emisor habilitado, a ser seleccionado a través del procedimiento que se establezca, fijándose los recaudos a cumplir por éstos.

Que ponderados los procedimientos de selección vigentes, se estima pertinente proceder a la convocatoria a través de Concurso Público Nacional de Etapa Múltiple y a la aprobación de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, para contratación de los respectivos servicios, en un todo de acuerdo a las previsiones del artículo 26 incisos a) y b) del RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL aprobado por el Decreto delegado N° 1023/2001, del artículo 13 de su Decreto Reglamentario N° 1030/2016 y concordantes.

Que la Coordinación de Asuntos Jurídicos dependiente de la Dirección Nacional de Administración, Asuntos Jurídicos y Modernización ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto por las Leyes Nros. 20.429, 26.338 y 27.192, y por los Decretos Nros. 395/75, 2205/2015 y 840/2016, por la Decisión Administrativa Nº 479/2016.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Convócase a Concurso Público Nacional de Etapa Múltiple Nacional para la contratación del servicio de otorgamiento de los certificados de acreditación de la condición psicofísica de los solicitantes de credencial de legítimo usuario de armas de fuego u otros materiales controlados, en el marco del Sistema Único de Emisión de Certificados Psicofísicos establecido por Resolución ANMaC N° 23/16.

ARTÍCULO 2° — Apruébanse el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas que regirán el presente llamado a Concurso Público citado en el Artículo 1° que, como anexos, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Establécese que los Pliegos de Bases y Condiciones serán sin costo, los que se podrán retirar a partir del día Lunes 6 de Febrero de 2017 del domicilio de la Agencia Nacional de Materiales Controlados, sito en calle Bartolomé Mitre 1465/69 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el horario de 10 a 15 horas hasta el día Miércoles 01 de Marzo de 2017 a horas 14:30.

ARTÍCULO 4° — La presentación de las ofertas deberá efectuarse hasta el día Miércoles 01 de Marzo a las 15 horas, en la sede de la Agencia Nacional de Materiales Controlados, sita en calle Bartolomé Mitre 1465/69 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, incorpórese al Banco Nacional Informatizado de Datos y archívese. — Natalia Gambaro.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 06/02/2017 N° 6196/17 v. 06/02/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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