TRABAJO AGRARIO
JORNADA DE TRABAJO (SANTIAGO DEL ESTERO)
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
22-Mayo-2002
Resumen:
ESTABLECESE QUE, LA JORNADA DE TRABAJO PARA TODO EL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL REGIMEN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO, EN EL AMBITO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO, NO PODRA EXCEDER DE OCHO HORAS DIARIAS O CUARENTA Y OCHO SEMANALES, DE LUNES A SABADO.