GAS LICUADO
AUTORIDAD DE APLICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
03-Jul-2001
Resumen:
ESTABLECESE QUE LA SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA SERA EL ORGANO ENCARGADO DE APLICAR LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA DE SEGURIDAD EN LA PRODUCCION, FRACCIONAMIENTO, LLENADO Y COMERCIALIZACION DE GAS LICUADO A GRANEL Y/O ENVASADO.
Observaciones:
ESTA NORMA NO SE RELACIONO CON ALGUNO DE SUS ANTECEDENTES YA QUE SEGUN SURGE DE NUESTROS REGISTROS NO SE HABRIAN PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.