PARTIDOS POLITICOS
SEGUNDA VUELTA ELECTORAL 2003- ESPACIOS SIN CARGO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
09-Mayo-2003
Resumen:
ESTABLECESE QUE, LAS ESTACIONES DE RADIODIFUSION SONORA, INCLUIDAS LAS PERTENECIENTES AL SERVICIO OFICIAL DE RADIODIFUSION, DE TELEVISION Y LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS, DEBERAN CEDER LOS ESPACIOS SIN CARGO DETERMINADOS POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR A LAS FORMULAS QUE PARTICIPAN DE LA SEGUNDA VUELTA ELECTORAL DEL 18 DE MAYO DE 2003 FIJADA PARA LA ELECCION DE PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA NACION.