UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
RESOLUCION UIF N° 50/2011 - MODIFICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
19-Mar-2024
Resumen:
SUSTITUYASE EL ARTICULO 3° BIS DE LA RESOLUCION UIF N° 50/2011 Y SUS MODIFICATORIAS, POR EL SIGUIENTE: “I. LOS SUJETOS OBLIGADOS ENUMERADOS EN EL ARTICULO 20 DE LA LEY N° 25.246 Y SUS MODIFICATORIAS, DEBERAN PRESENTAR ANTE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA (UIF) LA DOCUMENTACION RESPALDATORIA DE SU INSCRIPCION EN EL SISTEMA DE REPORTE DE OPERACIONES (SRO+) DENTRO DE LOS QUINCE (15) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS POSTERIORES A SU REGISTRACION EN LA PAGINA WEB: HTTPS://WWW.ARGENTINA.GOB.AR/UIF. INCORPORESE COMO ARTICULO 3° QUINQUIES DE LA RESOLUCION UIF N° 50/2011 Y SUS MODIFICATORIAS.