PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES
COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Resolución 47/2015
Bs. As., 11/08/2015
VISTO: el Expediente N° 35.757/2012 del Registro de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, las Leyes Nros. 19.549 del 03 de abril de 1972, 26.378 del 06 de junio de 2008 y 27.044 del 11 de diciembre de 2014; los Decretos Nros. 984 del 18 de junio de 1992 y 806 del 14 de junio de 2011; las Resoluciones CNAIPD N° 103 de fecha 23 de junio de 2010, N° 25 de fecha 13 de abril de 2011, N° 17 de fecha 23 de abril de 2012, N° 40 de fecha 18 de julio de 2012, N° 07 del 26 de noviembre de 2012, N° 23 del 14 de abril de 2015 y,
CONSIDERANDO:
Que, por el artículo 2° de la Resolución CNAIPD N° 103/2010 se sustituyó el Anexo II de la Resolución CNAIPD N° 195/2007 por la cual se estableciera el Sistema de Composición y Elección de los Miembros del Comité Asesor.
Que dicho Comité está integrado por Organizaciones No Gubernamentales que revisten el carácter de Miembros Fundadores y Miembros Activos.
Que, en la precitada norma, se estableció la obligatoriedad de celebrar una Convocatoria Pública dirigida a las Organizaciones no Gubernamentales sin Fines de lucro de Segundo o Tercer Grado (entendiendo por tales a las federaciones y confederaciones, según los artículos 11, 32 y 33 de la ley 23.551, de los cuales se toma dicha terminología) que trabajen en la temática de la discapacidad, a fin de que los respectivos electores definan a través de su voto, quienes las representarán como Miembros Activos por un período de cuatro (4) años, renovables por mitades, cada dos (2) años.
Que, las designaciones deben hacerse conforme al procedimiento fijado en los artículos 12 a 23 y concordantes del Anexo I de la referida Resolución CNAIPD N° 103/2010.
Que, en ese sentido, en la reunión del Comité Asesor de fecha 19 de febrero de 2015, instrumentada mediante el Acta N° 189, el Comité antes nombrado solicitó “a la Presidencia se instruyan los pasos para realizar la elección de nuevos miembros activos del Comité Asesor, de acuerdo a la Resolución 103/10 y demás legislación concordante”, a los fines de cubrir los cargos que se encuentran vacantes.
Que los cargos que actualmente están vacantes, luego de la elección celebrada el 11 de julio de 2013 y plasmada en la Resolución N° 31 del 25 de julio de 2013, son un (1) miembro activo titular y cuatro (4) suplentes.
Que, en consecuencia, a partir de lo decidido en el Acta N° 189 del 19 de febrero de 2015 y el procedimiento previsto en la Resolución N° 103/2010, se dispuso el llamado a elección de Miembros Activos del Comité Asesor con fecha 14 de abril de 2015, por medio de la Resolución CNAIPD N° 23/2015.
Que, con fecha 22 de mayo de 2015, se inscribió como candidata la Federación Argentina de Enfermedades poco Frecuentes (en adelante, la “FADEPOF”), adjuntando el 05 de junio de 2015 otros documentos concernientes a su inscripción.
Que luego, el 31 de julio de 2015, la referida Federación acompañó una certificación original de la Inspección General de Justicia (en adelante, la “IGJ”) expedida el día 27 de dicho mes y año, donde se deja constancia de que, la misma, “fue autorizada para funcionar con carácter de Personas Jurídica por Resolución número mil trescientos sesenta de fecha veintisiete de diciembre del año dos mil trece”.
Que, del examen de la documentación aportada por la “FADEPOF”, se desprenden dos circunstancias que obstan a su inscripción como postulante a Miembro Activo del Comité Asesor.
Que, en primer lugar, la Resolución n° 103/2010, en el artículo 8 inc. 3.b) de su Anexo II, claramente establece que la entidad debe “Acreditar una antigüedad mínima, desde la fecha de presentación del pedido de inscripción ante el Registro de Personas Jurídicas, de dos (2) años”.
Que, sin embargo, de la certificación extendida por la IGJ no surge la fecha en que “FADEPOF” interpuso por primera vez, ante dicho organismo, su formal pedido para funcionar como Federación.
Que, lo único que puede extraerse de la referida constancia, es que a “FADEPOF” se la autorizó oficialmente para funcionar el día 27 de diciembre de 2013.
Que no obsta a lo hasta aquí narrado lo que surge de las fotocopias de Formularios “D” de la “IGJ” oportunamente acompañados, de fechas 30 de agosto de 2012 y 07 de setiembre de 2012, ya que las mismas no ostentan el carácter de documentación original.
Que, en otro orden de ideas, “FADEPOF” tampoco dio estricto cumplimiento con los plazos establecidos en el artículo 13 del Anexo II de la Resolución n° 103/2010.
Que, en efecto, dicha Federación debió haber presentado la totalidad de los requisitos consignados en el artículo 8 de la precitada norma dentro de los treinta (30) días corridos de publicado el edicto en el Boletín Oficial que convocó a reunión extraordinaria para la elección de los miembros activos del Comité Asesor.
Que, como es de público conocimiento, la antedicha publicación edictal se produjo el día 08 de mayo de 2015 por lo que, el plazo aludido en el párrafo precedente feneció el día 07 de junio de 2015.
Que todo ello demuestra a las claras que, cuando el 31 de julio de 2015 “FADEPOF” acompañó la certificación de la “IGJ”, lo hizo encontrándose los plazos legales vencidos para tal menester.
Que, por otra parte, el 08 de junio de 2015 se presentó a fin de inscribirse como candidato el Sr. Pedro Ireneo Avalos, quien es persona con discapacidad según lo acredita con la copia de su certificado de discapacidad, y afirmando (en función del art. 33 inciso 3 de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad) que es incorrecto que la convocatoria se limite a organizaciones no gubernamentales.
Que, en este último caso, surge palmariamente la improcedencia de su inscripción como candidato, toda vez que la misma no encuadra en ninguno de los requisitos de la Resolución N° 103/2010, Anexo I, artículo 8, por lo que corresponde sin más tenerlo por no inscripto.
Que, a raíz de la ausencia de inscripciones en tiempo y forma, en la reunión de fecha 18 de junio de 2015, instrumentada mediante el Acta N° 193, el Comité Asesor entendió conveniente dejar sin efecto la convocatoria a elecciones generada a través de la Resolución CNAIDP N° 23 del 14 de abril de 2015, y formular un nuevo llamado a Asamblea Extraordinaria para el mes de noviembre de 2015, con el objeto de optimizar el acto eleccionario, posibilitando la inscripción de otros candidatos y asegurando la publicidad de dicho acto.
Que luego, el 31 de julio de 2015, ingresó en esta Comisión una nota remitida por los Sres. Coordinador y Secretario del Comité Asesor, donde expresamente se peticiona celebrar la referida Asamblea Extraordinaria para el mes de marzo de 2016 “teniendo en cuenta los tiempos administrativos y la necesidad de realizar un trabajo más profundo con las organizaciones de las provincias”.
Que, precisamente, la necesidad y el deber de difundir debidamente esta convocatoria es coherente con las obligaciones que, a la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad, le impone la propia Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual fuera aprobada por nuestro país, por medio de la ley 26378, y que posee jerarquía constitucional conferida por la Ley N° 27.044.
Que, al igual que se lo hiciera en la anterior convocatoria, se recuerda que las organizaciones no gubernamentales de segundo o de tercer grado, que aspiren a ser electas, deberán encontrarse inscriptas tanto en el Registro Nacional y/o Provincial que corresponda a su domicilio, como en el Registro de ONGs de esta Comisión Nacional Asesora, observando todos los requisitos establecidos en la Resolución CNAIPD N° 103 del 23 de junio de 2010.
Que, las mismas, contarán con un plazo de treinta (30) días corridos de publicado en el Boletín Oficial el edicto correspondiente a esta Convocatoria, para formalizar su postulación.
Que, la presente Resolución se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 984/92 y sus modificatorios.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Deniégase por improcedente la inscripción como candidato a Miembro Activo del Comité Asesor a la Federación Argentina de Enfermedades poco Frecuentes (FADEPOF), con domicilio en Fragata Presidente Sarmiento n° 829/831, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por las razones vertidas en los Considerandos.
ARTICULO 2° — Deniégase por improcedente la inscripción como candidato a Miembro Activo del Comité Asesor al Sr. Pedro Ireneo avalos, DNI 11.694.565, domiciliado en Potosí n° 4338 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por las razones vertidas en los Considerandos.
ARTICULO 3° — Declárase desierta la convocatoria a Asamblea Extraordinaria del Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora la Integración de las Personas con Discapacidad, para el día jueves 27 de agosto de 2015, a las 14 horas, en su sede sita en la Avenida Julio A. Roca N° 782 piso 4° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de proceder a la elección de miembros activos, un (1) titular y cuatro (4) suplentes, oportunamente realizada mediante la Resolución CNAIDP N° 23/2015 del 14 de abril de 2015, por las razones expuestas en los Considerandos.
ARTÍCULO 4° — Convócase a Asamblea Extraordinaria del Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora la Integración de las Personas con Discapacidad, para el día jueves 31 de marzo 2016, a las 14 horas, en su sede sita en la Avenida Julio A. Roca N° 782 piso 4° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de proceder a la elección de un (1) miembro activo titular y cuatro (4) suplentes, todos del Comité Asesor.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 64/2015 de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad B.O. 16/11/2015 se declara desierta la convocatoria a Asamblea Extraordinaria del Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora la Integración de las Personas con Discapacidad, oportunamente fijada para el día jueves 31 de marzo 2016, a las 14 horas, dejando la misma sin efecto, por las razones expuestas en los Considerandos)
ARTICULO 5° — Las organizaciones no gubernamentales de segundo o tercer grado que deseen postularse como candidatas, contaran con un plazo de treinta (30) días corridos de publicada esta Resolución en el Boletín Oficial, para formalizar su postulación, debiendo para ello cumplir los requisitos previstos en los artículos 8 y 13 de la Resolución CNAIPD N° 103/2010.
ARTICULO 6° — Hácese saber que el Comité Asesor sesionará en primera convocatoria con la mayoría simple de sus miembros y que, transcurridos treinta (30) minutos del horario de la convocatoria sin haberse reunido dicho quórum, se sesionará con los miembros presentes, cualquiera sea su número.
ARTICULO 7° — La elección se determinará por mayoría absoluta de votos. En caso de empate, desempatará la Presidenta de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad.
ARTICULO 8° — Hácese saber que el plazo para sufragar por medio de carta documento o telegrama colacionado se iniciará el día hábil siguiente al dictado de la resolución donde se establezcan las organizaciones en condiciones de ser elegidas y se extenderá hasta setenta y dos (72) horas antes, al día de la reunión extraordinaria fijada.
ARTICULO 9° — Establécese que los Representantes de las ONGs, vinculadas a la discapacidad podrán compulsar el “Libro de Registro de Postulantes”, en la sede de la Comisión Nacional Asesora, a los fines de una eventual impugnación de los precandidatos, a partir del primer día hábil siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la nómina de las organizaciones que se encuentran en condiciones de ser elegidas, las cuales contarán con un plazo de diez (10) días corridos para formalizar por escrito la pertinente impugnación, en los términos del artículo 15 del Anexo I de la Resolución CNAIPD N° 103/2010.
ARTICULO 10. — Incorpórese la presente resolución, a la página web de esta Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad (www.cndisc.gov.ar), para facilitar su difusión.
ARTICULO 11. — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, archívese. — Prof. SILVIA BERSANELLI, Presidenta, Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad, Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 18 días del mes de Junio del año 2015, se reúnen los integrantes del Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad en reunión ordinaria en la Escuela Nacional de Defensa sito en la calle Maipú 262 de esta Ciudad, y en segundo llamado con la presencia de los siguientes Miembros: AIEPESA - Asociación de Institutos Educativos Privados Especiales Argentina, ALPI, AMIA, ASAC, CAIDIS - Consejo Argentino para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, CTA - Secretaria General de Discapacidad, FADEA - Federación Argentina de Autismo, Federación Converger - Córdoba, FENDIJ - Federación de Entidades de Discapacidad de Jujuy, FENDIM - Federación Argentina de Entidades Pro Atención a las Personas con Discapacidad Intelectual, FESANDIS - Federación Sanjuanina de Discapacidad, FESEDIS - Federación Santafesina de Entidades de Discapacidad, FETAP - Federación Talleres Protegidos, GLARP - Grupo Latinoamericano de Rehabilitación Profesional, HODIF - Asociación Argentina Pro Hogares y Promoción del Discapacitado Monseñor François, Obra Don Orione y VITRA. Siendo las 14.30 hs. se abre el acto tratándose el siguiente Orden del Día:
La Sra. Marcela Rosado expone los avances del trabajo que se está realizando en la elaboración de los aportes para la modificación del reglamento del Comité Asesor, este espacio se llevó a cabo en la mañana del jueves 18 de junio en la sede de AIEPESA (Alsina 1433 - 2° Piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires de 11 a 13 hs.).
Se acercan los aportes del Área Legales de la Co.Na.Dis. para este trabajo. Y se fija el lugar de la próxima reunión para continuar con el trabajo de modificación, esta se realizará en la sede de la CTA.
A continuación, el coordinador informa lo ocurrido con la convocatoria a elecciones y lo propuesto por la presidencia de Co.Na.Dis, a saber: el Área Legales de la Co.Na.Dis informó que, en el plazo fijado para inscribirse como candidatos a las elecciones de miembros activos del Cté. Asesor a celebrarse en el corriente año, hubo dos (2) inscriptos, a saber: una Federación y una persona con discapacidad. En consecuencia, no habiendo la referida Federación cumplimentado la totalidad de los requisitos legales para inscribirse y considerando, respecto de la persona con discapacidad, que la convocatoria estaba legalmente dirigida a las Federaciones y Confederaciones, se mociona entre los miembros del Comité la posibilidad de dejar sin efecto la convocatoria y realizar una nueva convocatoria en el mes de Noviembre, comprometiéndose todos los miembros presentes a trabajar en forma conjunta para fortalecer a las organizaciones de 2° para que sean miembros de este Comité. Esta moción es aceptada por todos los presentes, por lo que se comunicará esta decisión a la Presidente de la Comisión Nacional.
Continuando con el orden del día se informa sobre las asambleas del Co.Fe.Dis que se realizaron los días 03, 04 y 05 de Junio de 2015 en Puerto Madryn, Provincia de Chubut, y lo ocurrido en la reunión de ONG’s y Comité Asesor. Se adjunta el acta de la Asamblea a la presente.
Se debate, se comenta y se pone en común las distintas opiniones y propuestas de trabajo para este tema: Beatriz Pérez propone que para las próximas asambleas se les aclare a las ONG’s todo lo que hay que tener en cuenta para ser parte del Comité Asesor, ya que existe confusión de funciones, misión y objetivos de cada uno de los espacios. Horacio Pereira comenta como fue el origen de estas reuniones y todo lo que se consiguió a través de este proceso. Elsa Mechanik propone que se aclare esta situación con la Directora del Observatorio y que se le explique los fundamentos de estas reuniones.
Daniel Lipani propone trabajar con las ONG’s del COFEDIS para fortalecer las redes y la comunicación, y también propone generar reuniones sistemáticas. Carlos Venini analiza que en la situación se ven las necesidades con claridad de cada grupo, tanto en el Observatorio, en las ONG’s locales y en las ONG’s del COFEDIS, por lo que se necesita realizar un plan estratégico de trabajo. Marcela Rosado enfatiza en la necesidad de no mezclar las funciones para no desvirtuar el trabajo que se viene realizando.
A continuación los representantes ante Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad presentan el siguiente informe: Durante el mes de junio se realizaron 5 reuniones del comité de ley de cheques. Es decir, se sumó una reunión más a fin de avanzar con el tratamiento de los expedientes. En lo que respecta a los nuevos ingresos, correspondientes al cierre de presentación de convocatorias, se registraron un total de 709 solicitudes realizadas por personas físicas, Organismos de Gobierno y Organizaciones de la Sociedad Civil. Se informa que se recibieron 247 solicitudes de emprendedores, 139 ayudas técnicas, 75 correspondientes al programa de transporte institucional y 37 solicitudes de mejoramiento de vivienda, entre otras. En cuanto a las presentaciones por provincia, los mayores ingresos se registraron, para las solicitudes de personas, en San Juan, Jujuy, Pcia. de Buenos Aires y Tucumán. En relación a las solicitudes institucionales se destacan la Pcia. de Buenos Aires y Entre Ríos. A su vez, se informa que se encuentra abierta la convocatoria para la presentación de proyectos exclusivamente dirigidos a personas físicas. Los formularios pueden consultarse en el sitio web de CONADIS (http://www.conadis.gob.ar/cheques.html). Por otra parte, se recuerda cómo se encuentra compuesto el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad y sus principales funciones, señalando también el proceso que recorren las solicitudes, desde su ingreso hasta la finalización, es decir, con la aprobación de la rendición de cuentas. Finalmente se abre a un intercambio de preguntas. Luego de un debate y análisis, se acuerda presentar una recomendación a la CoNADis en relación a los posibles ejes y líneas de financiamiento.
Temas varios: la representante de la FENDIJ de Jujuy presenta una carpeta con el trabajo realizado por esta institución en la Provincia de Jujuy.
Sin más temas que tratar y siendo las 18:15 Hs se da por finalizada la reunión del Comité Asesor y siendo las 18.15 Hs se da por finalizada la reunión del Comité Asesor, fijándose fecha para la próxima reunión del Comité Asesor el día 16 de Julio a las 14,00 hs.
CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES
COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Resolución 47/2015
Bs. As., 11/08/2015
VISTO: el Expediente N° 35.757/2012 del Registro de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, las Leyes Nros. 19.549 del 03 de abril de 1972, 26.378 del 06 de junio de 2008 y 27.044 del 11 de diciembre de 2014; los Decretos Nros. 984 del 18 de junio de 1992 y 806 del 14 de junio de 2011; las Resoluciones CNAIPD N° 103 de fecha 23 de junio de 2010, N° 25 de fecha 13 de abril de 2011, N° 17 de fecha 23 de abril de 2012, N° 40 de fecha 18 de julio de 2012, N° 07 del 26 de noviembre de 2012, N° 23 del 14 de abril de 2015 y,
CONSIDERANDO:
Que, por el artículo 2° de la Resolución CNAIPD N° 103/2010 se sustituyó el Anexo II de la Resolución CNAIPD N° 195/2007 por la cual se estableciera el Sistema de Composición y Elección de los Miembros del Comité Asesor.
Que dicho Comité está integrado por Organizaciones No Gubernamentales que revisten el carácter de Miembros Fundadores y Miembros Activos.
Que, en la precitada norma, se estableció la obligatoriedad de celebrar una Convocatoria Pública dirigida a las Organizaciones no Gubernamentales sin Fines de lucro de Segundo o Tercer Grado (entendiendo por tales a las federaciones y confederaciones, según los artículos 11, 32 y 33 de la ley 23.551, de los cuales se toma dicha terminología) que trabajen en la temática de la discapacidad, a fin de que los respectivos electores definan a través de su voto, quienes las representarán como Miembros Activos por un período de cuatro (4) años, renovables por mitades, cada dos (2) años.
Que, las designaciones deben hacerse conforme al procedimiento fijado en los artículos 12 a 23 y concordantes del Anexo I de la referida Resolución CNAIPD N° 103/2010.
Que, en ese sentido, en la reunión del Comité Asesor de fecha 19 de febrero de 2015, instrumentada mediante el Acta N° 189, el Comité antes nombrado solicitó “a la Presidencia se instruyan los pasos para realizar la elección de nuevos miembros activos del Comité Asesor, de acuerdo a la Resolución 103/10 y demás legislación concordante”, a los fines de cubrir los cargos que se encuentran vacantes.
Que los cargos que actualmente están vacantes, luego de la elección celebrada el 11 de julio de 2013 y plasmada en la Resolución N° 31 del 25 de julio de 2013, son un (1) miembro activo titular y cuatro (4) suplentes.
Que, en consecuencia, a partir de lo decidido en el Acta N° 189 del 19 de febrero de 2015 y el procedimiento previsto en la Resolución N° 103/2010, se dispuso el llamado a elección de Miembros Activos del Comité Asesor con fecha 14 de abril de 2015, por medio de la Resolución CNAIPD N° 23/2015.
Que, con fecha 22 de mayo de 2015, se inscribió como candidata la Federación Argentina de Enfermedades poco Frecuentes (en adelante, la “FADEPOF”), adjuntando el 05 de junio de 2015 otros documentos concernientes a su inscripción.
Que luego, el 31 de julio de 2015, la referida Federación acompañó una certificación original de la Inspección General de Justicia (en adelante, la “IGJ”) expedida el día 27 de dicho mes y año, donde se deja constancia de que, la misma, “fue autorizada para funcionar con carácter de Personas Jurídica por Resolución número mil trescientos sesenta de fecha veintisiete de diciembre del año dos mil trece”.
Que, del examen de la documentación aportada por la “FADEPOF”, se desprenden dos circunstancias que obstan a su inscripción como postulante a Miembro Activo del Comité Asesor.
Que, en primer lugar, la Resolución n° 103/2010, en el artículo 8 inc. 3.b) de su Anexo II, claramente establece que la entidad debe “Acreditar una antigüedad mínima, desde la fecha de presentación del pedido de inscripción ante el Registro de Personas Jurídicas, de dos (2) años”.
Que, sin embargo, de la certificación extendida por la IGJ no surge la fecha en que “FADEPOF” interpuso por primera vez, ante dicho organismo, su formal pedido para funcionar como Federación.
Que, lo único que puede extraerse de la referida constancia, es que a “FADEPOF” se la autorizó oficialmente para funcionar el día 27 de diciembre de 2013.
Que no obsta a lo hasta aquí narrado lo que surge de las fotocopias de Formularios “D” de la “IGJ” oportunamente acompañados, de fechas 30 de agosto de 2012 y 07 de setiembre de 2012, ya que las mismas no ostentan el carácter de documentación original.
Que, en otro orden de ideas, “FADEPOF” tampoco dio estricto cumplimiento con los plazos establecidos en el artículo 13 del Anexo II de la Resolución n° 103/2010.
Que, en efecto, dicha Federación debió haber presentado la totalidad de los requisitos consignados en el artículo 8 de la precitada norma dentro de los treinta (30) días corridos de publicado el edicto en el Boletín Oficial que convocó a reunión extraordinaria para la elección de los miembros activos del Comité Asesor.
Que, como es de público conocimiento, la antedicha publicación edictal se produjo el día 08 de mayo de 2015 por lo que, el plazo aludido en el párrafo precedente feneció el día 07 de junio de 2015.
Que todo ello demuestra a las claras que, cuando el 31 de julio de 2015 “FADEPOF” acompañó la certificación de la “IGJ”, lo hizo encontrándose los plazos legales vencidos para tal menester.
Que, por otra parte, el 08 de junio de 2015 se presentó a fin de inscribirse como candidato el Sr. Pedro Ireneo Avalos, quien es persona con discapacidad según lo acredita con la copia de su certificado de discapacidad, y afirmando (en función del art. 33 inciso 3 de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad) que es incorrecto que la convocatoria se limite a organizaciones no gubernamentales.
Que, en este último caso, surge palmariamente la improcedencia de su inscripción como candidato, toda vez que la misma no encuadra en ninguno de los requisitos de la Resolución N° 103/2010, Anexo I, artículo 8, por lo que corresponde sin más tenerlo por no inscripto.
Que, a raíz de la ausencia de inscripciones en tiempo y forma, en la reunión de fecha 18 de junio de 2015, instrumentada mediante el Acta N° 193, el Comité Asesor entendió conveniente dejar sin efecto la convocatoria a elecciones generada a través de la Resolución CNAIDP N° 23 del 14 de abril de 2015, y formular un nuevo llamado a Asamblea Extraordinaria para el mes de noviembre de 2015, con el objeto de optimizar el acto eleccionario, posibilitando la inscripción de otros candidatos y asegurando la publicidad de dicho acto.
Que luego, el 31 de julio de 2015, ingresó en esta Comisión una nota remitida por los Sres. Coordinador y Secretario del Comité Asesor, donde expresamente se peticiona celebrar la referida Asamblea Extraordinaria para el mes de marzo de 2016 “teniendo en cuenta los tiempos administrativos y la necesidad de realizar un trabajo más profundo con las organizaciones de las provincias”.
Que, precisamente, la necesidad y el deber de difundir debidamente esta convocatoria es coherente con las obligaciones que, a la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad, le impone la propia Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual fuera aprobada por nuestro país, por medio de la ley 26378, y que posee jerarquía constitucional conferida por la Ley N° 27.044.
Que, al igual que se lo hiciera en la anterior convocatoria, se recuerda que las organizaciones no gubernamentales de segundo o de tercer grado, que aspiren a ser electas, deberán encontrarse inscriptas tanto en el Registro Nacional y/o Provincial que corresponda a su domicilio, como en el Registro de ONGs de esta Comisión Nacional Asesora, observando todos los requisitos establecidos en la Resolución CNAIPD N° 103 del 23 de junio de 2010.
Que, las mismas, contarán con un plazo de treinta (30) días corridos de publicado en el Boletín Oficial el edicto correspondiente a esta Convocatoria, para formalizar su postulación.
Que, la presente Resolución se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 984/92 y sus modificatorios.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Deniégase por improcedente la inscripción como candidato a Miembro Activo del Comité Asesor a la Federación Argentina de Enfermedades poco Frecuentes (FADEPOF), con domicilio en Fragata Presidente Sarmiento n° 829/831, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por las razones vertidas en los Considerandos.
ARTICULO 2° — Deniégase por improcedente la inscripción como candidato a Miembro Activo del Comité Asesor al Sr. Pedro Ireneo avalos, DNI 11.694.565, domiciliado en Potosí n° 4338 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por las razones vertidas en los Considerandos.
ARTICULO 3° — Declárase desierta la convocatoria a Asamblea Extraordinaria del Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora la Integración de las Personas con Discapacidad, para el día jueves 27 de agosto de 2015, a las 14 horas, en su sede sita en la Avenida Julio A. Roca N° 782 piso 4° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de proceder a la elección de miembros activos, un (1) titular y cuatro (4) suplentes, oportunamente realizada mediante la Resolución CNAIDP N° 23/2015 del 14 de abril de 2015, por las razones expuestas en los Considerandos.
ARTÍCULO 4° — Convócase a Asamblea Extraordinaria del Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora la Integración de las Personas con Discapacidad, para el día jueves 31 de marzo 2016, a las 14 horas, en su sede sita en la Avenida Julio A. Roca N° 782 piso 4° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de proceder a la elección de un (1) miembro activo titular y cuatro (4) suplentes, todos del Comité Asesor.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 64/2015 de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad B.O. 16/11/2015 se declara desierta la convocatoria a Asamblea Extraordinaria del Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora la Integración de las Personas con Discapacidad, oportunamente fijada para el día jueves 31 de marzo 2016, a las 14 horas, dejando la misma sin efecto, por las razones expuestas en los Considerandos)
ARTICULO 5° — Las organizaciones no gubernamentales de segundo o tercer grado que deseen postularse como candidatas, contaran con un plazo de treinta (30) días corridos de publicada esta Resolución en el Boletín Oficial, para formalizar su postulación, debiendo para ello cumplir los requisitos previstos en los artículos 8 y 13 de la Resolución CNAIPD N° 103/2010.
ARTICULO 6° — Hácese saber que el Comité Asesor sesionará en primera convocatoria con la mayoría simple de sus miembros y que, transcurridos treinta (30) minutos del horario de la convocatoria sin haberse reunido dicho quórum, se sesionará con los miembros presentes, cualquiera sea su número.
ARTICULO 7° — La elección se determinará por mayoría absoluta de votos. En caso de empate, desempatará la Presidenta de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad.
ARTICULO 8° — Hácese saber que el plazo para sufragar por medio de carta documento o telegrama colacionado se iniciará el día hábil siguiente al dictado de la resolución donde se establezcan las organizaciones en condiciones de ser elegidas y se extenderá hasta setenta y dos (72) horas antes, al día de la reunión extraordinaria fijada.
ARTICULO 9° — Establécese que los Representantes de las ONGs, vinculadas a la discapacidad podrán compulsar el “Libro de Registro de Postulantes”, en la sede de la Comisión Nacional Asesora, a los fines de una eventual impugnación de los precandidatos, a partir del primer día hábil siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la nómina de las organizaciones que se encuentran en condiciones de ser elegidas, las cuales contarán con un plazo de diez (10) días corridos para formalizar por escrito la pertinente impugnación, en los términos del artículo 15 del Anexo I de la Resolución CNAIPD N° 103/2010.
ARTICULO 10. — Incorpórese la presente resolución, a la página web de esta Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad (www.cndisc.gov.ar), para facilitar su difusión.
ARTICULO 11. — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, archívese. — Prof. SILVIA BERSANELLI, Presidenta, Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad, Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales.
ACTA N° 193
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 18 días del mes de Junio del año 2015, se reúnen los integrantes del Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad en reunión ordinaria en la Escuela Nacional de Defensa sito en la calle Maipú 262 de esta Ciudad, y en segundo llamado con la presencia de los siguientes Miembros: AIEPESA - Asociación de Institutos Educativos Privados Especiales Argentina, ALPI, AMIA, ASAC, CAIDIS - Consejo Argentino para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, CTA - Secretaria General de Discapacidad, FADEA - Federación Argentina de Autismo, Federación Converger - Córdoba, FENDIJ - Federación de Entidades de Discapacidad de Jujuy, FENDIM - Federación Argentina de Entidades Pro Atención a las Personas con Discapacidad Intelectual, FESANDIS - Federación Sanjuanina de Discapacidad, FESEDIS - Federación Santafesina de Entidades de Discapacidad, FETAP - Federación Talleres Protegidos, GLARP - Grupo Latinoamericano de Rehabilitación Profesional, HODIF - Asociación Argentina Pro Hogares y Promoción del Discapacitado Monseñor François, Obra Don Orione y VITRA. Siendo las 14.30 hs. se abre el acto tratándose el siguiente Orden del Día:
La Sra. Marcela Rosado expone los avances del trabajo que se está realizando en la elaboración de los aportes para la modificación del reglamento del Comité Asesor, este espacio se llevó a cabo en la mañana del jueves 18 de junio en la sede de AIEPESA (Alsina 1433 - 2° Piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires de 11 a 13 hs.).
Se acercan los aportes del Área Legales de la Co.Na.Dis. para este trabajo. Y se fija el lugar de la próxima reunión para continuar con el trabajo de modificación, esta se realizará en la sede de la CTA.
A continuación, el coordinador informa lo ocurrido con la convocatoria a elecciones y lo propuesto por la presidencia de Co.Na.Dis, a saber: el Área Legales de la Co.Na.Dis informó que, en el plazo fijado para inscribirse como candidatos a las elecciones de miembros activos del Cté. Asesor a celebrarse en el corriente año, hubo dos (2) inscriptos, a saber: una Federación y una persona con discapacidad. En consecuencia, no habiendo la referida Federación cumplimentado la totalidad de los requisitos legales para inscribirse y considerando, respecto de la persona con discapacidad, que la convocatoria estaba legalmente dirigida a las Federaciones y Confederaciones, se mociona entre los miembros del Comité la posibilidad de dejar sin efecto la convocatoria y realizar una nueva convocatoria en el mes de Noviembre, comprometiéndose todos los miembros presentes a trabajar en forma conjunta para fortalecer a las organizaciones de 2° para que sean miembros de este Comité. Esta moción es aceptada por todos los presentes, por lo que se comunicará esta decisión a la Presidente de la Comisión Nacional.
Continuando con el orden del día se informa sobre las asambleas del Co.Fe.Dis que se realizaron los días 03, 04 y 05 de Junio de 2015 en Puerto Madryn, Provincia de Chubut, y lo ocurrido en la reunión de ONG’s y Comité Asesor. Se adjunta el acta de la Asamblea a la presente.
Se debate, se comenta y se pone en común las distintas opiniones y propuestas de trabajo para este tema: Beatriz Pérez propone que para las próximas asambleas se les aclare a las ONG’s todo lo que hay que tener en cuenta para ser parte del Comité Asesor, ya que existe confusión de funciones, misión y objetivos de cada uno de los espacios. Horacio Pereira comenta como fue el origen de estas reuniones y todo lo que se consiguió a través de este proceso. Elsa Mechanik propone que se aclare esta situación con la Directora del Observatorio y que se le explique los fundamentos de estas reuniones.
Daniel Lipani propone trabajar con las ONG’s del COFEDIS para fortalecer las redes y la comunicación, y también propone generar reuniones sistemáticas. Carlos Venini analiza que en la situación se ven las necesidades con claridad de cada grupo, tanto en el Observatorio, en las ONG’s locales y en las ONG’s del COFEDIS, por lo que se necesita realizar un plan estratégico de trabajo. Marcela Rosado enfatiza en la necesidad de no mezclar las funciones para no desvirtuar el trabajo que se viene realizando.
A continuación los representantes ante Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad presentan el siguiente informe: Durante el mes de junio se realizaron 5 reuniones del comité de ley de cheques. Es decir, se sumó una reunión más a fin de avanzar con el tratamiento de los expedientes. En lo que respecta a los nuevos ingresos, correspondientes al cierre de presentación de convocatorias, se registraron un total de 709 solicitudes realizadas por personas físicas, Organismos de Gobierno y Organizaciones de la Sociedad Civil. Se informa que se recibieron 247 solicitudes de emprendedores, 139 ayudas técnicas, 75 correspondientes al programa de transporte institucional y 37 solicitudes de mejoramiento de vivienda, entre otras. En cuanto a las presentaciones por provincia, los mayores ingresos se registraron, para las solicitudes de personas, en San Juan, Jujuy, Pcia. de Buenos Aires y Tucumán. En relación a las solicitudes institucionales se destacan la Pcia. de Buenos Aires y Entre Ríos. A su vez, se informa que se encuentra abierta la convocatoria para la presentación de proyectos exclusivamente dirigidos a personas físicas. Los formularios pueden consultarse en el sitio web de CONADIS (http://www.conadis.gob.ar/cheques.html). Por otra parte, se recuerda cómo se encuentra compuesto el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad y sus principales funciones, señalando también el proceso que recorren las solicitudes, desde su ingreso hasta la finalización, es decir, con la aprobación de la rendición de cuentas. Finalmente se abre a un intercambio de preguntas. Luego de un debate y análisis, se acuerda presentar una recomendación a la CoNADis en relación a los posibles ejes y líneas de financiamiento.
Temas varios: la representante de la FENDIJ de Jujuy presenta una carpeta con el trabajo realizado por esta institución en la Provincia de Jujuy.
Sin más temas que tratar y siendo las 18:15 Hs se da por finalizada la reunión del Comité Asesor y siendo las 18.15 Hs se da por finalizada la reunión del Comité Asesor, fijándose fecha para la próxima reunión del Comité Asesor el día 16 de Julio a las 14,00 hs.
e. 19/08/2015 N° 136306/15 v. 19/08/2015