Presidencia de la Nación

SUBSECRETARIA DE COORDINACION


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

Resolución 47/2015

Bs. As. 10/3/2015

VISTO el Expediente N° 1.664.872/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Decisión Administrativa N° 609 del 1° de agosto de 2014 y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 646 del 9 de diciembre de 2014 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 1.371 del 15 de diciembre de 2014 y 74 del 4 de febrero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 5° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 74 del 4 de febrero de 2015 se fijó como período de inscripción electrónica de los Concursos llamados mediante Convocatoria Extraordinaria General y Convocatoria Extraordinaria Abierta, de conformidad con los artículos 2°, 3° y 4° de la citada medida, el comprendido a partir del día 18 de febrero de 2015 y hasta el 13 de marzo de 2015, hasta las 16 horas del último día citado. Dicha inscripción se efectúa a través de la dirección www.trabajo.gob.ar.

Que por el artículo 6° de dicha Resolución se fijó como período de inscripción documental de los respectivos Concursos el comprendido entre los días 23 de febrero de 2015 y hasta el 13 de marzo de 2015, hasta las 16 horas del último día citado. Para los postulantes que residan a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción o presente certificado de discapacidad, la inscripción podrá hacerse por correo postal para la cual deberá adjuntarse certificado de domicilio o de discapacidad en el envío, considerándose a todo efecto la fecha de franqueo postal.

Que por el artículo 8° de la citada Resolución se fijó como cronograma tentativo para el desarrollo del proceso de Concursos el detallado en el Anexo IV que forma parte integrante de la citada medida, teniendo presente para su modificación las facultades conferidas a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.371 del 15 de diciembre de 2014.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.371/14 se facultó, entre otras cuestiones a la SUBSECRETARÍA DE CORDINACIÓN, sin perjuicio de las facultades conferidas en el artículo 7° de la citada medida, a aprobar las eventuales modificaciones que pudieren surgir en relación a los Cronogramas de realización del proceso.

Que en atención a ello, y teniendo la voluntad de esta Jurisdicción de brindar las mayores posibilidades de acceso a toda persona interesada en participar del proceso de selección para cubrir los UN MIL OCHOCIENTOS VEINTE (1.820) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de este Organismo, mediante el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 36 de fecha 18 de marzo de 2010, resulta conveniente ampliar el plazo de inscripción.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.371/14.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Amplíase el plazo de la inscripción electrónica, estableciéndose el período desde del 18 de febrero de 2015 al 26 de marzo de 2015, desde las 10:00 hasta las 18:00 horas del último día citado. La inscripción electrónica se efectúa a través de la dirección www.trabajo.gob.ar.

ARTICULO 2° — Amplíase el plazo de la inscripción documental, estableciéndose el período desde el 23 de febrero de 2015 al 26 de marzo de 2015, desde las 10:00 hasta las 18:00 horas del último día citado. La inscripción documental se realiza en la calle Adolfo Alsina N° 665, Subsuelo, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para los postulantes que residan a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción o presente certificado de discapacidad, la inscripción podrá hacerse por correo postal para lo cual deberá adjuntarse certificado de domicilio o de discapacidad en el envío, considerándose a todo efecto la fecha de franqueo postal.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. JOSE HORACIO ORDEIX, Subsecretario de Coordinación, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

e. 12/03/2015 N° 17502/15 v. 12/03/2015
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