ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
IMPUESTOS SOBRE LOS CREDITOS Y DEBITOS EN CUENTAS BANCARIAS Y OTRAS OPERATORIAS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
13-Feb-2020
Resumen:
ESTABLECER CON CARACTER DE EXCEPCION, EN SUSTITUCION DE LO INDICADO EN LOS ARTICULOS 3° DE LA RESOLUCION GENERAL N° 2.111, SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS, Y 7° DE LA RESOLUCION GENERAL N° 4.659 Y SU COMPLEMENTARIA, QUE EL INGRESO DE LAS PERCEPCIONES QUE SE PRACTIQUEN EN LA SEMANA COMPRENDIDA ENTRE LOS DIAS 16 Y 22 DE FEBRERO DE 2020, DEBERA EFECTUARSE EN LA SIGUIENTE FECHA: CUOTA SEMANAL Nº PERCEPCIONES PRACTICADAS ENTRE LOS DIAS FECHA DE VENCIMIENTO 3 16 AL 22 26 DE FEBRERO.