Resolución 467 / 2021
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
---|---|---|
Normativa / Número
Ley 24557
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 04-Oct-1995 |
Descripción
REGIMEN LEGALOBJETIVOS Y AMBITO DE APLICACION. PREVENCION DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO. CONTINGENCIA Y SITUACIONES CUBIERTAS. PRESTACIONES DINERARIAS Y EN ESPECIE. DETERMINACION Y REVISION DE LAS INCAPACIDADES. REGIMEN FINANCIERO. GESTION DE LAS PRESTACIONES. DERECHOS,DEBERES Y PROHIBICIONES. FONDOS DE GARANTIA Y RESERVA. ENTES DE REGULACION Y SUPERVISION. RESPONSABILIDAD CIVIL DEL EMPLEADOR. ORGANO TRIPARTITO DE PARTICIPACION.
|
Normativa / Número
Decreto Reglamentario 170 / 1996
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 26-Feb-1996 |
Descripción
LEY N° 24.557 - REGLAMENTACIONREGLAMENTASE LA LEY Nº 24.557, DE RIESGOS DEL TRABAJO.
|
Normativa / Número
Decreto 590 / 1997
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 04-Jul-1997 |
Descripción
CREACION DEL FONDO PARA FINES ESPECIFICOSCREACION DEL FONDO PARA FINES ESPECIFICOS. APLICACION. UTILIZACION DEL FONDO. FINANCIAMIENTO. AUTORIDAD DE APLICACION. COMITE DE SEGUIMIENTO. (...) INCORPORACION DE SEGUNDO PARRAFO AL ART. 15 DEL DEC. 170/96
|
Normativa / Número
Decreto DNU 367 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 14-Abr-2020 |
Descripción
ENFERMEDAD DE CARACTER PROFESIONAL NO LISTADALA ENFERMEDAD COVID-19 PRODUCIDA POR EL CORONAVIRUS SARS-COV-2 SE CONSIDERARA PRESUNTIVAMENTE UNA ENFERMEDAD DE CARACTER PROFESIONAL -NO LISTADA- EN LOS TERMINOS DEL APARTADO 2 INCISO B) DEL ARTICULO 6º DE LA LEY Nº 24.557, RESPECTO DE LAS Y LOS TRABAJADORES DEPENDIENTES EXCLUIDOS MEDIANTE DISPENSA LEGAL Y CON EL FIN DE REALIZAR ACTIVIDADES DECLARADAS ESENCIALES, DEL CUMPLIMIENTO DEL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO ORDENADO POR EL DECRETO N° 297/20 Y SUS NORMAS COMPLEMENTARIAS, Y MIENTRAS SE ENCUENTRE VIGENTE LA MEDIDA DE AISLAMIENTO DISPUESTA POR ESAS NORMATIVAS, O SUS EVENTUALES PRORROGAS, SALVO EL SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTICULO 4° DEL PRESENTE DECRETO.
|
Normativa / Número
Resolución 115 / 2021
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL |
Fecha publicación 10-Mar-2021 |
Descripción
SUMA - DISPONESEDISPONESE QUE LA SUMA FIJA A ABONAR POR CADA TRABAJADOR CONJUNTAMENTE CON LA ALICUOTA, ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 5° DEL DECRETO N° 590/97, CON DESTINO AL FONDO FIDUCIARIO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES (FFEP), SERA DE UN VALOR DE PESOS CUARENTA ($ 40.-).
|