Resolución 465 / 1996
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Resolución 231 / 1998
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 21-Jul-1998 |
Descripción
LIMITES DE INVERSIONEL LIMITE TEMPORA PREVISTO EN EL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 37 DE LA RESOLUCION SAFJP N° 465/96 NO SERA DE APLICACION CUANDO LOS FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES Y SUS ENCAJES SE DHAYAN EXCEDIDO, AL MOMENTO DE LA SANCION DE LA RESOLUCION SAFJP N° 721/96, POR SOBRE LOS NUEVOS LIMITES DE INVERSION DE TITULOS VALORES NEGOCIABLES ESTABLECIDOS POR LAS CITADAS NORMAS.(NOTA: ABROGADA POR ART. 57 DE LA INSTRUCCION SAFJP 22/03 - BO 22/10/03)
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Normativa / Número
Resolución 287 / 1998
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 02-Sep-1998 |
Descripción
FONDO DE JUBILACIONESREEMPLAZAR EL ARTICULO 8º DE LA RESOLUCION 465/96. (ACLARACION: BO 7/9/98, PAG. 33. NOTA: ABROGADA POR ART. 57 DE LA INSTRUCCION SAFJP 22/03 - BO 22/10/03)
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Normativa / Número
Resolución 321 / 1998
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 08-Sep-1998 |
Descripción
INVERSIONESREEMPLAZAR EL INCISO D) DEL ARTICULO 15 DE LA RESOLUCION N° 465/96, POR EL QUE SE EXPRESA EN LA PRESENTE. (NOTA: ABROGADA POR ART. 57 DE LA INSTRUCCION SAFJP 22/03 - BO 22/10/03)
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Normativa / Número
Resolución 327 / 1998
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 11-Sep-1998 |
Descripción
CEDULAS HIPOTECARIAS RURALESMODIFICAR EL TEXTO DEL ARTICULO 6 LA RESOLUCION SAFJP N° 465/96.
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Normativa / Número
Instrucción 1 / 1999
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 14-Ene-1999 |
Descripción
CANJE DE TITULOS PUBLICOS NACIONALESAUTORIZAR A LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES A PARTICIPAR DEL CANJE DE TITULOS PUBLICOS NACIONALES "MANTENIDOS HASTA SU VENCIMIENTO" QUE SE INDICAN EN LA PRESENTE RESOLUCION, DE ACUERDO A LA RESOLUCION N° 582/98.
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Normativa / Número
Instrucción 6 / 1999
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 08-Mar-1999 |
Descripción
AUTORIZACIONSE AUTORIZA A LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES A PARTICIPAR DEL CANJE DE TITULOS PUBLICOS NACIONALES "MANTENIDOS HASTA SU VENCIMIENTO" EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS POR LA SECRETARIA DE HACIENDA DE LA NACION, DE ACUERDO A LA RESOLUCION SH Nº 119/99.
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Normativa / Número
Instrucción 9 / 1999
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 18-Mar-1999 |
Descripción
RESOLUCION Nº 465/96 - MODIFICACIONMODIFICA EL ARTICULO 22 DE LA RESOLUCION SAFJP Nº 465/96.
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Normativa / Número
Instrucción 15 / 1999
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 03-Jun-1999 |
Descripción
RESOLUCION SAFJP Nº 465/96 - MODIFICACIONMODIFICASE LA RESOLUCION SAFJP Nº 465/96.
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Normativa / Número
Instrucción 19 / 1999
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 02-Ago-1999 |
Descripción
RESOLUCION SAFJP NRO. 465/1996 - MODIFICACIONESMODIFICASE ARTICULOS DE LA RESOLUCION 465/1999.
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Normativa / Número
Instrucción 9 / 2001
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 02-Mayo-2001 |
Descripción
REGIMEN DE ANTICIPOSLOS ANTICIPOS DE BENEFICIOS QUE LAS ADMINISTRADORAS HAYAN EFECTUADO POR LOS CONCEPTOS QUE MAS ADELANTE SE DETALLAN EN UNA ETAPA PREVIA A QUE LA ANSES SE HAYA EXPEDIDO SOBRE LA LEGITIMIDAD DEL TRAMITE, PODRAN SER CONSIDERADOS A EFECTOS DE COMPENSAR TRANSITORIAMENTE LA EXIGENCIA DE INTEGRACION DEL ENCAJE CON LAS LIMITACIONES PREVISTAS EN EL ARTICULO 2RO.. (NOTA: ABROGADA POR ART. 57 DE LA INSTRUCCION SAFJP 22/03 - BO 22/10/03, P. 22).-
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Normativa / Número
Instrucción 11 / 2001
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 06-Jun-2001 |
Descripción
MEGACANJE - MODALIDADES DE LA INTERVENCIONAUTORIZAR A LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES A PARTICIPAR DEL CANJE DE LOS TITULOS PUBLICOS NACIONALES, INCLUYENDO LOS "MANTENIDOS HASTA SU VENCIMIENTO" QUE A CONTINUACION SE INDICAN, EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS POR LA SECRETARIA DE FINANZAS DE LA NACION DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE ECONOMIA EN SU COMUNICADO DE PRENSA DEL 24 DE MAYO:
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Normativa / Número
Instrucción 18 / 2001
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 27-Jul-2001 |
Descripción
RES. SAFJP 465/96 - MODIFICACIONMODIFICACION DE LA RES. SAFJP 465/96.- (NOTA: ABROGADA POR ART. 57 DE LA INSTRUCCION SAFJP 22/03 - BO 22/10/03)
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Normativa / Número
Instrucción 19 / 2001
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 07-Ago-2001 |
Descripción
RES. SAFJP NRO. 465/96 - MODIFICACIONMODIFICACION DE LA RESOLUCION SAFJP NRO. 465/96.-
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Normativa / Número
Instrucción 27 / 2001
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 25-Oct-2001 |
Descripción
RES. SAFJP 465/96 - MODIFICACIONMODIFICASE LA RES. SAFJP 465/96.-
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Normativa / Número
Instrucción 29 / 2001
MINISTERIO DE SALUD |
Fecha publicación 12-Nov-2001 |
Descripción
RES. 465/96 Y 721/96 - MODIFICACIONMODIFICACION DE LA RES. SAFJP 465/96 Y 721/96.- (NOTA: ABROGADA POR ART. 57 DE LA INSTRUCCION SAFJP 22/03 - BO 22/10/03)
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Normativa / Número
Instrucción 38 / 2001
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 03-Dic-2001 |
Descripción
INSTRUCCION SAFJP 72/94 - COMPLEMENTARIALAS PARTIDAS DEL FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Y DEL ENCAJE QUE SE ENCUENTREN VALUADAS BAJO LA MODALIDAD DE "A VENCIMIENTO" SEGUN EL PUNTO 3.5 DE LA SECCION II DEL CAPITULO I DE LA INSTRUCCION SAFJP NRO. 72/94, CONTINUARAN VALUANDOSE DEL MISMO MODO SEGUN CORRESPONDA.
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Normativa / Número
Instrucción 10 / 2002
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 29-Ene-2002 |
Descripción
NORMAS CONTABLES Y FINANCIERAS - INVERSIONESLOS INSTRUMENTOS NOMINADOS EN MONEDA EXTRANJERA QUE NO CUENTEN CON PRECIOS DE MERCADO EXPRESADOS EN MONEDA NACIONAL, SERAN CONVERTIDOS A ESTA ULTIMA SEGUN LO DISPUESTO EN EL PUNTO 2 DEL ARTICULO 2 DE LA INSTRUCCION SAFJP NRO. 27/00.
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Normativa / Número
Instrucción 23 / 2002
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 19-Abr-2002 |
Descripción
REF.: INST. 19/99 Y RES. 465/96SUSPENDESE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2002 LA APLICACION DE LOS INCISOS C), D) Y F) DEL ARTICULO 4 DE LA INSTRUCCION SAFJP NRO. 19/99 (TEXTO SEGUN INSTRUCCION SAFJP NRO. 27/01) RESPECTO DE AQUELLOS ACTIVOS DE LOS FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES Y LOS ENCAJES QUE A LA FECHA DE VIGENCIA DE LA PRESENTE INSTRUCCION SE ENCUENTREN EN LA CARTERA NORMAL DE INVERSIONES. SUSTITUYESE EL ARTICULO 11 DE LA RESOLUCION SAFJP NRO. 465/96. ABROGASE LA INSTR. SAFJP 27/01- (NOTA: ESTA NORMA NO SE RELACIONO CON UNO DE SUS ANTECEDENTES - INST. 19/99- YA QUE SEGUN SURGE DE NUESTROS REGISTROS NO SE PUBLICO EN BOLETIN OFICIAL).-(NOTA: ABROGADA POR ART. 57 DE LA INSTRUCCION SAFJP 22/03 - BO 22/10/03)
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Normativa / Número
Instrucción 24 / 2002
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 19-Abr-2002 |
Descripción
INST. 10/02 - MODIFICACIONMODIFICACION DE LA INSTRUCCION SAFJP 10/02.-
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Normativa / Número
Instrucción 28 / 2002
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 04-Jul-2002 |
Descripción
RES. 465/96 - PRORROGA DE UN PLAZOPRORROGASE POR SESENTA (60) DIAS LA AMPLIACION AL DIEZ POR CIENTO (10%) DEL LIMITE DE RECURSOS LIQUIDOS A QUE REFIERE EL INCISO A) DEL ARTICULO 15 DE LA RESOLUCION SAFJP NRO. 465/96, DISPUESTA POR EL ARTICULO 6RO. DE LA INSTRUCCION SAFJP NRO. 10/02. (NOTA: ABROGADA POR INSTRUCCION NRO. 1/2003 - ART. 3 - BOLETIN OFICIAL 9/1/2003 - PAG. 38).
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Normativa / Número
Instrucción 35 / 2002
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 23-Ago-2002 |
Descripción
RES. 465/96 - MODIFICACIONMODIFICACION DE LA RES. 465/96.- (NOTA: ABROGADA POR ART. 57 DE LA INSTRUCCION SAFJP 22/03 - BO 22/10/03)
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Normativa / Número
Instrucción 36 / 2002
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 30-Sep-2002 |
Descripción
RES. SAFJP 465/96 - PRORROGAPRORROGASE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2002 LA AMPLIACION AL DIEZ POR CIENTO (10%) DEL LIMITE DE RECURSOS LIQUIDOS A QUE REFIERE EL INCISO A) DEL ARTICULO 15 DE LA RESOLUCION SAFJP NRO. 465/96, DISPUESTA POR EL ARTICULO 6RO. DE LA INSTRUCCION SAFJP NRO. 10/02 Y SUS MODIFICATORIAS. (NOTA: ABROGADA POR INSTRUCCION NRO. 1/2003 - ART. 3 - BOLETIN OFICIAL 9/1/2003 - PAG. 38).
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Normativa / Número
Instrucción 40 / 2002
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 29-Oct-2002 |
Descripción
RES. 465/96 - MODIFICACIONSUSTITUYENSE LOS INCISOS B), J), K) Y L) DEL ARTICULO 14 DE LA RESOLUCION SAFJP NRO. 465/96 (TEXTO SEGUN INSTRUCCION SAFJP NRO. 29/01) (NOTA: ABROGADA POR ART. 57 DE LA INSTRUCCION SAFJP 22/03 - BO 22/10/03).-
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Normativa / Número
Instrucción 42 / 2002
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 18-Nov-2002 |
Descripción
RES. 465/96 - MODIFICACIONMODIFICACION DE LA RESOLUCION SAFJP 465/96.- (NOTA: ABROGADA POR ART. 57 DE LA INSTRUCCION SAFJP 22/03 - BO 22/10/03)
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Normativa / Número
Instrucción 1 / 2003
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 09-Ene-2003 |
Descripción
INSTRUCCIONES 10/2002 Y 23/2002 -PRORROGASPRORROGASE HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2003 LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 3º DE LA INSTRUCCION SAFJP Nº 10/02 Y LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 1º Y 3º DE LA INSTRUCCION SAFJP Nº 23/02. HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2003, REDUCESE AL CINCO POR CIENTO (5%) EL LIMITE DE RECURSOS LIQUIDOS A QUE REFIERE EL INCISO A) DEL ARTICULO 15 DE LA RESOLUCION SAFJP Nº 465/96. DEROGASE EL ARTICULO 6º DE LA INSTRUCCION SAFJP Nº 10/02 Y LAS INSTRUCCIONES SAFJP Nº 28/02 Y Nº 36/02.
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Normativa / Número
Instrucción 7 / 2003
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 27-Mayo-2003 |
Descripción
REF. RES. NRO. 465/96 SAFJP - ART 3 - SUSTITUCIONSUSTITUYESE EL ARTICULO 3º DE LA RESOLUCION SAFJP NRO. 465/96. (NOTA: ABROGADA POR ART. 57 DE LA INSTRUCCION SAFJP 22/03 - BO 22/10/03)
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Normativa / Número
Instrucción 8 / 2003
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 02-Jul-2003 |
Descripción
DIFERENCIAS DE CAMBIOLOS INSTRUMENTOS ORIGINALMENTE NOMINADOS EN MONEDA EXTRANJERA CUYA APRECIACION EN MONEDA NACIONAL RESPECTO DE LAS VALUACIONES DEL DIA 4 DE ENERO DE 2002 HAYA SIDO DIFERIDA E IMPUTADA EN LA CUENTA REPRESENTATIVA DE LAS DIFERENCIAS DE CAMBIO, SERAN VALUADOS A SU PRECIO NETO DE LA CORRESPONDIENTE DIFERENCIA DE CAMBIO REGISTRADA. ABROGANSE LAS INSTRUCCIONES SAFJP NROS. 10/02, 24/02 Y 1/03.
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Normativa / Número
Instrucción 22 / 2003
SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
Fecha publicación 22-Oct-2003 |
Descripción
NORMAS GENERALES SOBRE INVERSIONESNORMAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES VINCULADAS A LAS INVERSIONES QUE REALIZAN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES CON LOS RECURSOS DE SUS AFILIADOS Y DEL ENCAJE QUE DEBEN MANTENER. (NOTA: ESTA NORMA NO SE RELACIONO CON UNO DE SUS ANTECEDENTES - INSTRUCCION SAFJP 9/99- YA QUE SEGUN SURGE DE NUESTROS REGISTROS NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL).-
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