Presidencia de la Nación

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD


DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD

Resolución 463/2018

Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2018

VISTO los Expedientes Nº EX2017-33607259-APN-DNV#MTR, EX 2017-23987384-APN-DNV#MTR, N° EX2017-30248846-AJ#DND y la Ley N° 27.328, el Decreto N° 118/2017, el Decreto N° 902/17, la Resolución AG N° 3043/2017, la Resolución AG N° 3178/2017; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 27.328 se estableció el régimen relativo a los contratos de participación público-privada, definiendo a los mismos en su Artículo 1° como aquellos celebrados entre los órganos y entes que integran el Sector Público Nacional con el alcance previsto en el Artículo 8º de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias (en carácter de contratante), y sujetos privados o públicos en los términos que se establece en dicha ley (en carácter de contratistas), con el objeto de desarrollar proyectos en los campos de infraestructura, vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica.

Que la Ley Nº 27.328 fue reglamentada mediante el Decreto Nº 118 de fecha 17 de febrero de 2017, modificado por el Decreto N° 936 de fecha 14 de noviembre de 2017, declarando de interés nacional todos los proyectos que se desarrollen en el marco de las disposiciones de la misma.

Que por el Decreto Nº 902 de fecha 7 de noviembre de 2017 se estableció la incorporación del régimen de la Ley Nº 27.328, como una modalidad alternativa de contratación a la establecida en el Decreto N° 1.288 de fecha 21 de diciembre de 2016 para los Corredores Viales nacionales.

Que la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD propicia la transformación en rutas seguras y autovías a diferentes tramos de estos nuevos corredores, contemplando los beneficios del usuario, los emplazamientos de las estaciones de cobro al usuario, los aspectos técnicos, económicos, financieros y jurídicos del Proyecto, y las cuestiones socio ambientales pertinentes.

Que la Red de Autopistas y Rutas Seguras, los Proyectos Viales PPP de la primera Etapa son las unidades denominadas CORREDOR VIAL “A”, CORREDOR VIAL “B”, CORREDOR VIAL “C”, CORREDOR VIAL “E”, CORREDOR VIAL “F” y CORREDOR VIAL “SUR” (en adelante, los CORREDORE VIALES NACIONALES PPP).

Que la Audiencia Pública habilita la participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones a través de un espacio institucional en el que todos aquellos que puedan sentirse afectados, manifiesten su conocimiento o experiencia y presenten su perspectiva individual, grupal o colectiva respecto de la decisión a adoptarse. Dichas opiniones no obstante su carácter no vinculante deben ser analizadas adecuadamente.

Que, en consecuencia, y considerando la nueva normativa aplicable, ha sido dictada la Resolución N° 3043 del 30 de noviembre de 2017 de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD que aprobó el REGLAMENTO GENERAL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS para aplicarse en los CORREDORES VIALES NACIONALES PPP a ser licitados mediante la Ley Nº 27.328.

Que dicho reglamento contempla la posibilidad de participar de la Audiencia Pública en forma presencial (física) o por vía electrónica, que a esos fines se ha contemplado un Formulario de Participación para que cada participante pueda expedirse sobre los diferentes tópicos a considerar en la Audiencia convocada, e inscribirse como orador acompañando previamente un breve informe sobre la ponencia.

Que por Resolución N° 3178 del 13 de diciembre de 2017 se dispuso la convocatoria a Audiencia Pública para informar a la población, organizaciones públicas, privadas y no gubernamentales, con la participación de las autoridades nacionales, provinciales y locales convocadas, respecto de los Proyectos Viales PPP, Etapa 1, para los CORREDORES VIALES NACIONALES PPP.

Que el objeto de la Audiencia Pública incluye el Plan de Obras (PO) consistente en tramos de autopistas, rutas seguras y variantes, emplazamiento de las estaciones de cobro, contraprestación por uso, y las cuestiones socio ambientales, incluyendo el Estudio Ambiental Expeditivo (EAEx) elaborado por la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD y el Informe Ambiental emitido por el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de los CORREDORES VIALES NACIONALES PPP.

Que la Audiencia Pública para el CORREDOR VIAL “F” presencial fue convocada para el día 10 de enero de 2018 en la ciudad de Marcos Juárez, provincia de Córdoba, en Hipólito Yrigoyen 981, sede del Salón del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Marcos Juárez, a las 10 horas.

Que de conformidad con lo dispuesto en el la Resolución N° 3178/2017 artículo 13, se procedió a la publicación del aviso de Convocatoria a la Audiencia Pública por DOS (2) días consecutivos en el BOLETIN OFICIAL, en DOS (2) diarios de circulación nacional, y en UN (1) diario de las localidades comprendidas en el CORREDOR VIAL “F” cuyas constancias obras en el EX2017-33607259-APN-DNV#MTR, número de orden:4,5,7, 8 y 39.

Que asimismo, fueron convocados especialmente a participar en la Audiencia Pública las autoridades nacionales, provinciales y municipales de las jurisdicciones involucradas, conforme surge de las constancias del expediente EX2017-33607259-APN-DNV#MTR, número de orden: 10 a 38.

Que el Registro de Participantes, fue habilitado desde el día 19 de diciembre de 2017 y hasta el día 3 de enero del 2018. Allí se inscribieron todos los interesados en tomar parte en la Audiencia Pública, ya sea por vía electrónica o en forma presencial, suscribiendo el Formulario de Participación correspondiente, conforme lo establece el artículo 7° de la Resolución AG N° 3178/2017.

Que asimismo dicha inscripción también estuvo disponible en forme física en la sede de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, Mesa de Entradas del Servicio de Asuntos Jurídicos, sita en Avenida Julio A. Roca 738, Piso 8º de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Que los interesados pudieron tomar vista de las actuaciones administrativas vinculadas al objeto de la Audiencia Pública, en la sede de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, en la COORDINACION DE CONCECIONES Y PPP, sita en el piso 10 de la Avenida Julio A. Roca 738 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, dentro de los mismo días señalados precedentemente y en el horario de 10 a 17 hs.

Que conforme las constancias del REGISTRO DE PARTICIPANTES y de las autoridades convocadas a la misma se confeccionó el ORDEN DEL DIA, obrando en el EX2017-33607259-APN-DNV#MTR, número de orden: 43.

Que para el CORREDOR VIAL “F” resultaron inscriptos13 (trece) participantes: 7 (siete) en la modalidad electrónica y 6 (seis) en la modalidad presencial, conforme planilla obrante en el expediente EX2017-33607259-APN-DNV#MTR, número de orden 42.

Que la Audiencia Pública presencial comenzó a las 10:40hs y finalizó a las 13:00 hs, con la Presidencia de la Dra. Mónica Vivian ETTLIN y como Secretaria de Acta la Lic. Alicia PÉREZ SUTIL.

Que la misma se desarrolló contemplando las previsiones del Reglamento General de Audiencias Públicas para aplicarse en los Corredores Viales PPP a ser licitados mediante la Ley 27.328, aprobado por Resolución de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD N° 3043 de fecha 30 de noviembre de 2017.

Que la Audiencia fue registrada en forma taquigráfica y videograbada, (número de orden 55), realizándose asimismo el Acta correspondiente (número de orden 44) donde constan las intervenciones efectuadas por los representantes de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, las autoridades presentes y los participantes registrados y de toda otra persona a quien le fue concedida la palabra, registrándose también la documentación entregada durante su sustanciación.

Que con posterioridad a la celebración de la Audiencia, y en virtud de lo prescripto en el Artículo 28 del Anexo I de La Resolución AG-DNV N° 3043/2017 se elaboró el Informe de Cierre con la descripción sumaria de las intervenciones e incidencias de la Audiencia Pública.

Que de conformidad a lo previsto en el artículo 30 del Anexo I de La Resolución AG –DNV N° 3043/2017 las áreas técnicas de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD realizaron una evaluación de las opiniones recogidas durante la consulta, y se procedió a realizar un Informe Final de la Audiencia Pública.

Que con fecha 26 de enero de 2018 se dictó la Resolución N° 147/2018 que aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Contrato PPP y sus Anexos convocando a la licitación del proyecto de participación público privada denominado “Proyecto Red de Autopistas y Rutas Seguras PPP – Etapa 1”.

Que en la elaboración de la documentación de la licitación para el CORREDOR VIAL “F”, fueron tenidas en cuenta algunas de las opiniones, comentarios y consideraciones recibidas durante el procedimiento de audiencia pública, así como en el Informe Final respectivo.

Que por todo lo expuesto, corresponde tener por cumplimentado el procedimiento de Audiencia Pública llevado a cabo en el expediente citado en el Visto, en el marco de las disposiciones del Reglamento General de Audiencias Públicas para Corredores Viales Nacionales PPP aprobado por la Resolución AG N° 3043 de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD de fecha 30 de noviembre de 2017.

Que la GERENCIA EJECUTIVA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete mediante Dictamen N° IF-2018-10537448-APN-AJ#DNV.

Que la presente medida se suscribe en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley N°505/58, ratificado por Ley N° 14467.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Informe Final de la Audiencia Pública del CORREDOR VIAL “F” que como ANEXO I (IF – 2018-10410550-APN-PYC#DNV), forman parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Téngase por cumplimentado el procedimiento de Audiencia Pública llevado a cabo en el expediente citado en el Visto, en el marco de las disposiciones del Reglamento General de Audiencias Públicas para Corredores Viales Nacionales PPP aprobado por la Resolución AG N° 3043 de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD de fecha 30 de noviembre de 2017, y que fuera oportunamente convocada mediante Resolución N° 3178 del 13 de diciembre de 2017.

ARTÍCULO 3°.- Publíquese la presente en el Boletín Oficial por el término de UN (1) día y en los sitios web de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD y de la SUBSECRETARIA DE PARTICIPACION PUBLICO PRIVADA.

ARTÍCULO 4º.- Tómese razón a través de la SUBGERENCIA DE DESPACHO Y MESA GENERAL DE ENTRADAS, quien comunicará por medios electrónicos a las áreas intervinientes y pase a la GERENCIA EJECUTIVA DE PLANEAMIENTO Y CONCESIONES y a la GERENCIA EJECUTIVA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, COMUNICACIONES Y POLÍTICA, ambas de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD cumplimentando lo dispuesto en el Artículo 3° de la presente, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. — Javier Alfredo Iguacel.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 15/03/2018 N° 16224/18 v. 15/03/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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