SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
TUBERCULOS ANDINOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
22-Ago-2022
Resumen:
TUBERCULOS ANDINOS. EMPAQUE EN ORIGEN. EL PROCESAMIENTO Y EMPAQUE DE LA PAPA ANDINA (SOLANUM TUBEROSUM VAR. ANDIGENUM), LA PAPA LISA U OLLUCO (ULLUCUS TUBEROSUS), LA MASHUA (TROPAEOLUM TUBEROSUM), LA OCA (OXALIS TUBEROSA) Y OTROS TUBERCULOS ANDINOS DE LAS ZONAS PRODUCTORAS DE LAS PROVINCIAS DE SALTA, DE JUJUY, DE MENDOZA, DE SAN JUAN, DE CATAMARCA, DE TUCUMAN Y DE LA RIOJA DEBEN REALIZARSE EN ORIGEN.
Observaciones:
LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 401/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.