CARNES
LEY NRO. 25507 - ART. 14-INC.A) - COMPLEMENTARIA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
27-Mayo-2003
Resumen:
AUTORIZASE AL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA A PERCIBIR DEL PROPIETARIO QUE ENVIE ANIMALES A FAENA, Y PREVIO A LA ENTREGA DEL DOCUMENTO DE TRANSITO ANIMAL, LA CONTRIBUCION CREADA POR EL ARTICULO 14, INCISO A) DE LA LEY NRO. 25.507.