Presidencia de la Nación

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA


Resolución Nº 452/2013


Bs. As., 21/10/2013

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-S04:0021233/2013 del Registro de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo con autonomía y autarquía financiera en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el Decreto Nº 469 de fecha 6 de mayo de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por artículo 1º del Decreto Nº 469/2013, se aprobó la estructura organizativa de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo con autonomía y autarquía financiera en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que por el artículo 4º del Decreto Nº 469/2013, se facultó al titular de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA a aprobar y modificar el Anexo de Dotación correspondiente a la mencionada estructura organizativa, de conformidad con la Ley de Presupuesto vigente, previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que resulta imprescindible distribuir los cargos aprobados entre las distintas unidades que conforman la estructura organizativa de esta Unidad, por lo que corresponde aprobar el Anexo de Dotación de dicha estructura organizativa.

Que en virtud de lo previsto en el artículo 6º del Decreto 971/93, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION ha tomado la correspondiente intervención.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete, como también el Consejo Asesor de Vocales de esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA.

Que la presente se dicta en función de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º del Decreto Nº 469/13.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase la Dotación de cargos de Planta Permanente de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo con autonomía y autarquía financiera en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2° — El gasto que demande la aplicación de la presente medida será atendido con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 40 – MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA – SAF 670 PROGRAMA 37.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. JOSE A. SBATTELLA, Presidente, Unidad de Información Financiera.

ANEXO I

(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 141/2015 de la Unidad de Información Financiera B.O. 11/5/2015)

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e. 31/10/2013 Nº 86955/13 v. 31/10/2013
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