RADIODIFUSION
COOPERATIVAS (REF.: ART. 39, INC. A, LEY 22.285)
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
07-Jul-1998
Resumen:
CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBERAN CUMPLIR LAS COOPERATIVAS QUE DESEEN ASOCIARSE CON PETICIONANTES O TITULARES DE LICENCIAS DE LOS SERVICIOS CONTEMPLADOS EN EL ART. 39, INCISO A) DE LA LEY 22.285. DOCUMENTACION QUE DEBERAN ADJUNTAR.-
Observaciones:
ABROGADA POR RESOLUCION NRO. 1870/2006 - ART. 3 - BOLETIN OFICIAL 24/10/2006 - PAG. 21.-