SANIDAD ANIMAL
ZONA CORDON FRONTERIZO - DEFINICION Y REQUISITOS
Resumen:
ZONA CORDON FRONTERIZO. DEFINICION Y REQUISITOS. SE ABROGAN LAS RESOLUCIONES NROS. 403 DEL 14 DE JUNIO DE 2004, 748 DEL 22 DE OCTUBRE DE 2004, 644 DEL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2006 Y 828 DEL 28 DE NOVIEMBRE DE 2006, TODAS DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Observaciones:
ESTA NORMA NO SE VINCULA CON UNO DE SUS ANTECEDENTES, RESOLUCION 403/04 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, PORQUE SEGUN NUESTROS REGISTROS NO HABRIA SIDO PUBLICADA EN BOLETIN OFICIAL. ABROGADA POR EL ARTICULO 15 DE LA RESOLUCION 1259/2023 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, B.O. 06/12/2023, PAGINA 133. VIGENCIA: VER ARTICULO 18 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.