MINISTERIO DE SALUD
LA SALTEÑA S.A.
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
03-Ene-2024
Resumen:
HACESE LUGAR A LA EXCEPCION AL CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 3º DE LA LEY 25.630, SOLICITADA POR LA FIRMA LA SALTEÑA S.A., RNE Nº 02-031918, CON DOMICILIO LEGAL CONSTITUIDO A ESTOS EFECTOS EN LA CALLE LUIS MARIA DRAGO 1164, BURZACO, DEPARTAMENTO ALMIRANTE BROWN, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, AUTORIZANDOLA A ELABORAR, CON EMPLEO DE HARINA SIN ENRIQUECER, DE ACUERDO CON LA MENCIONADA LEY Y SU DECRETO REGLAMENTARIO Nº 597/03, EL PRODUCTO: “TAPAS PARA EMPANADAS DE HOJALDRE” – NOMBRE DE FANTASIA TAPAS PARA EMPANADAS ROTISERAS HOJALDRADAS - MARCA LA SALTEÑA – RNPA N°: EN TRAMITE SEGUN EXPEDIENTE Nº 2019-39506367”, POR LAS RAZONES EXPUESTAS EN EL CONSIDERANDO.