Resolución GENERAL 4311 / 2018
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Resolución GENERAL 4481 / 2019
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS |
Fecha publicación 14-Mayo-2019 |
Descripción
IMPUESTOS SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y AL DIOXIDO DE CARBONOIMPUESTOS SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y AL DIOXIDO DE CARBONO. LEY N° 23.966, TITULO III, TEXTO ORDENADO EN 1998 Y SUS MODIFICACIONES. R.G. NROS. 2.080, 4.233, 4.311 Y 4.312. NORMA MODIF. Y COMPL.
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Normativa / Número
Resolución GENERAL 4532 / 2019
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS |
Fecha publicación 26-Jul-2019 |
Descripción
RESOLUCIONES GENERALES NROS. 4311, 4313 Y 1759 - MODIFICACIONIMPUESTOS SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y AL DIOXIDO DE CARBONO. LEY N° 23.966, TITULO III, TEXTO ORDENADO EN 1998 Y SUS MODIFICACIONES. R.G. N° 4.311 Y SU MODIFICATORIA, Y N° 4.313. NORMA MODIFICATORIA.
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Normativa / Número
Resolución GENERAL 4763 / 2020
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS |
Fecha publicación 17-Jul-2020 |
Descripción
RESOLUCION GENERAL 4311 - MODIFICACIONIMPUESTOS SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y AL DIOXIDO DE CARBONO. REGIMEN DE OPERADORES DE HIDROCARBUROS BENEFICIADOS POR DESTINO INDUSTRIAL. R.G. N° 4.311, SUS MODIF. Y SU COMPL. NORMA MODIFICATORIA.
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Normativa / Número
Resolución 323 / 2020
SECRETARIA DE ENERGIA |
Fecha publicación 19-Ago-2020 |
Descripción
REGIMEN DE OPERADORES DE HIDROCARBUROS BENEFICIADOS POR DESTINO INDUSTRIAL - PRESENTACIONESTABLECESE QUE QUIENES SOLICITEN SU INSCRIPCION O REINSCRIPCION EN CUALQUIERA DE LAS SECCIONES DEL “REGIMEN DE OPERADORES DE HIDROCARBUROS BENEFICIADOS POR DESTINO INDUSTRIAL” (EL REGIMEN), CREADO POR LA RESOLUCION GENERAL Nº 4.311 DE FECHA 21 DE SEPTIEMBRE DE 2018 DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), ENTIDAD AUTARQUICA ENTONCES ACTUANTE EN EL AMBITO DEL EX MINISTERIO DE HACIENDA, A EFECTOS DE DAR CUMPLIMIENTO A LO PREVISTO EN EL ARTICULO 2º DE LA MENCIONADA NORMA, DEBERAN REALIZAR UNA PRESENTACION ANTE LA DIRECCION NACIONAL DE REFINACION Y COMERCIALIZACION DE LA SUBSECRETARIA DE HIDROCARBUROS DE LA SECRETARIA DE ENERGIA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, EN LOS TERMINOS QUE SE ESTABLECE EN LA PRESENTE RESOLUCION, DEBIENDO PRESENTAR PREVIAMENTE EL FORMULARIO 340/B ANTE LA AFIP. DICHO FORMULARIO EN FOTOCOPIA, CON SELLO DE RECEPCION POR PARTE DE ESTE ULTIMO ORGANISMO, DEBERA SER ADJUNTADO A LA DOCUMENTACION QUE EN ADELANTE SE REQUIERE.
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