Superintendencia de Servicios de Salud
OBRAS SOCIALES
Resolución 425/2005
Inscríbese a la Obra Social del Personal de la Industria del Chacinado y Afines en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud, para la atención médica de jubilados y pensionados de su actividad.
Bs. As., 29/6/2005
VISTO, el Expediente Nro. 73541/04 S.S.SALUD, los Decretos Nº 292/95 y 492/95, la Resolución Nº 3196/96 ANSSAL y;
CONSIDERANDO:
Que la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL CHACINADO Y AFINES (R.N.O.S. 1-0570-5) solicita su inscripción en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la atención médica de jubilados y Pensionados de la propia actividad.
Que la Gerencia de Control Prestacional ha analizado el Plan Médico Asistencial y las cartillas respectivas, conforme Providencia nro. 1822/05 GCP-.
Que ha tomado intervención la Gerencia de Asuntos Jurídicos.
Que esta Superintendencia entiende que procede la inscripción solicitada.
Por ello, y conforme las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615/96 y 145/03 PEN.
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º — Inscríbase en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados (Decreto Nº 292/95) a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL CHACINADO Y AFINES, quedando autorizada a recibir beneficiarios jubilados y pensionados de su actividad.
Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, pase al Registro Nacional de Obras Sociales y oportunamente archívese. — Rubén H. Torres.