MERCOSUR/GMC/RES. Nº 42/14
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 13/07 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el contenido de la Resolución GMC Nº 13/07 “Pauta Negociadora del SGT N°11 “Salud” son los objetivos de los trabajos de sus Comisiones.
Que en la XCIV Reunión del GMC se ha establecido que la Pauta Negociadora sea un Documento de Trabajo de modificación y ajuste permanente de acuerdo a lo que el SGT N° 11 estime pertinente, de acuerdo a los temas de interés común y prioritario para los Estados Partes, teniendo en cuenta los diferentes requerimientos sanitarios en el marco del proceso de integración regional.
Art. 1 - Derogar la Resolución GMC Nº 13/07 “Pauta Negociadora del SGT N°11 “Salud”.
Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 13/07
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 13/07 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el contenido de la Resolución GMC Nº 13/07 “Pauta Negociadora del SGT N°11 “Salud” son los objetivos de los trabajos de sus Comisiones.
Que en la XCIV Reunión del GMC se ha establecido que la Pauta Negociadora sea un Documento de Trabajo de modificación y ajuste permanente de acuerdo a lo que el SGT N° 11 estime pertinente, de acuerdo a los temas de interés común y prioritario para los Estados Partes, teniendo en cuenta los diferentes requerimientos sanitarios en el marco del proceso de integración regional.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
RESUELVE:
Art. 1 - Derogar la Resolución GMC Nº 13/07 “Pauta Negociadora del SGT N°11 “Salud”.
Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XCVI GMC - Buenos Aires, 27/XI/14.