MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL
Resolución 414 - E/2016
Buenos Aires, 29/07/2016
VISTO: El Expediente N° CUDAP: EXP-JGM:0022380/2016 del Registro de la Ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 13.577, modificada por la Ley N° 20.324, los Decretos N° 674 de fecha 24 de mayo de 1989 y N° 776 de fecha 12 de mayo de 1992, y sus modificatorios, la Resolución de la ex Empresa Obras Sanitarias de la Nación N° 79.190 de fecha 1 de agosto de 1990, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE N° 316 de fecha 23 de marzo de 2005, y modificatorios, la Resolución de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL N° 16 de fecha 1 de marzo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10 del Decreto N° 674 de fecha 24 de mayo de 1989 y modificatorios indica que, todos los establecimientos industriales y/o especiales, están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual conteniendo los datos especificados en las disposiciones instrumentales del Decreto citado.
Que tanto mediante la Resolución de la ex Empresa Obras Sanitarias de la Nación N° 79.190 de fecha 1 de agosto de 1990, como por la Resolución N° 316 de fecha 23 de marzo de 2005 de la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE entonces dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, se estableció que dicha Declaración Jurada Anual debería ser presentada del 1° al 30 de abril de cada año, conteniendo la información correspondiente al año anterior.
Que a fin de simplificar y modernizar dicho trámite se ha iniciado un proceso de informatización del mismo, resultando conveniente revisar los plazos para la presentación de la Declaración Jurada correspondiente al año 2015.
Que en el mismo sentido, es pertinente a fin de un mejor ordenamiento administrativo, dividir las fechas para la presentación de la Declaración Jurada Anual según el número de Clave Única de Identificación Tributaria de cada uno de los establecimientos obligados.
Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL N° 16 de fecha 1 de marzo de 2016, se prorrogó excepcionalmente los plazos de presentación de la Declaración Jurada anual, por única vez y como excepción a la Resolución SAyDS N° 316/05.
Que a fin de que los administrados puedan acceder al nuevo sistema, se han dictado cursos y talleres con el objeto de facilitar a los mismos las herramientas informáticas necesarias que les permitan dar cumplimiento a la presentación anual de la Declaración Jurada exigida en el citado Decreto N° 674/89 y modificatorios.
Que no obstante haberse promovido las acciones precedentemente mencionadas, gran parte de los administrados no han podido acceder al nuevo sistema informático implementado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en función de las facultades otorgadas por el artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, modificado por el Decreto N° 232 de fecha 22 de diciembre de 2015 y normas complementarias.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Prorróganse excepcionalmente hasta el 31 de agosto de 2016, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual establecida por el artículo 10 del Decreto N° 674/89 y modificatorios, correspondiente al año 2015, para los establecimientos cuyo número de Clave Única de Identificación Tributaria terminen en 0, 1, 2, 3 ó 4.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — JAVIER URETA SAENZ PEÑA, Secretario, Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental.
SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL
Resolución 414 - E/2016
Buenos Aires, 29/07/2016
VISTO: El Expediente N° CUDAP: EXP-JGM:0022380/2016 del Registro de la Ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 13.577, modificada por la Ley N° 20.324, los Decretos N° 674 de fecha 24 de mayo de 1989 y N° 776 de fecha 12 de mayo de 1992, y sus modificatorios, la Resolución de la ex Empresa Obras Sanitarias de la Nación N° 79.190 de fecha 1 de agosto de 1990, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE N° 316 de fecha 23 de marzo de 2005, y modificatorios, la Resolución de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL N° 16 de fecha 1 de marzo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10 del Decreto N° 674 de fecha 24 de mayo de 1989 y modificatorios indica que, todos los establecimientos industriales y/o especiales, están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual conteniendo los datos especificados en las disposiciones instrumentales del Decreto citado.
Que tanto mediante la Resolución de la ex Empresa Obras Sanitarias de la Nación N° 79.190 de fecha 1 de agosto de 1990, como por la Resolución N° 316 de fecha 23 de marzo de 2005 de la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE entonces dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, se estableció que dicha Declaración Jurada Anual debería ser presentada del 1° al 30 de abril de cada año, conteniendo la información correspondiente al año anterior.
Que a fin de simplificar y modernizar dicho trámite se ha iniciado un proceso de informatización del mismo, resultando conveniente revisar los plazos para la presentación de la Declaración Jurada correspondiente al año 2015.
Que en el mismo sentido, es pertinente a fin de un mejor ordenamiento administrativo, dividir las fechas para la presentación de la Declaración Jurada Anual según el número de Clave Única de Identificación Tributaria de cada uno de los establecimientos obligados.
Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL N° 16 de fecha 1 de marzo de 2016, se prorrogó excepcionalmente los plazos de presentación de la Declaración Jurada anual, por única vez y como excepción a la Resolución SAyDS N° 316/05.
Que a fin de que los administrados puedan acceder al nuevo sistema, se han dictado cursos y talleres con el objeto de facilitar a los mismos las herramientas informáticas necesarias que les permitan dar cumplimiento a la presentación anual de la Declaración Jurada exigida en el citado Decreto N° 674/89 y modificatorios.
Que no obstante haberse promovido las acciones precedentemente mencionadas, gran parte de los administrados no han podido acceder al nuevo sistema informático implementado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en función de las facultades otorgadas por el artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, modificado por el Decreto N° 232 de fecha 22 de diciembre de 2015 y normas complementarias.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Prorróganse excepcionalmente hasta el 31 de agosto de 2016, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual establecida por el artículo 10 del Decreto N° 674/89 y modificatorios, correspondiente al año 2015, para los establecimientos cuyo número de Clave Única de Identificación Tributaria terminen en 0, 1, 2, 3 ó 4.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — JAVIER URETA SAENZ PEÑA, Secretario, Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental.
e. 02/08/2016 N° 54186/16 v. 02/08/2016